Mientras estudiaba la carrera de Derecho (primaveras 2001-2005), en uno de esos debates jurídicos nos preguntábamos por qué en la República Dominicana no se realizan los juicios con jurados. Era un debate interesante, puesto que dicha figura jurídica se encontraba instaurada en el sistema inquisitivo a través de los códigos napoleónicos que habían sido adoptados por nuestro país. Seguidamente, en nuestro tránsito al sistema adversarial igualmente volvimos a ver la figura del litigio con jurados.
Lo extraño del asunto nos llevó a escudriñar el origen de esta desaparición. Descubrimos que muchas figuras jurídicas no fueron adoptadas por la República Dominicana, ni en el sistema inquisitivo ni en el adversarial, por razones neta y principalmente económicas. Es asegurar, de los dos modelos de conciencia hay figuras jurídicas que el país no adoptó por la imposibilidad de cubrir los gastos económicos que estas conllevan.
Un descomposición similar me llega a la memoria ahora que se audición con revuelo noticiario el antiguo colapso de la conciencia penal dominicana. Cada peña plantea razones y culpables del cacareado colapso que lleva más de 10 primaveras de debate y privación. Algunos señalan el presupuesto (otra vez lo financiero), la prisión preventiva, la mora legal, los fiscales, los jueces, los abogados, entre otros. Sin retención, en esta ocasión, en virtud de la función social del abogado, nos sentimos en el deber de exponer una propuesta a los fines de contribuir a solucionar el colapso del sistema de conciencia penal.
Nuestra propuesta es la aniquilación de la audiencia preliminar.
Como dijimos anteriormente, varias figuras jurídicas importantes fueron excluidas por la República Dominicana en la asimilación de cualquiera de los sistemas de derecho antaño mencionados bajo argumentos estrictamente económicos; es asegurar, por la inexistencia de fondos suficientes para la implementación de tales figuras jurídicas.
Si nos fijamos perfectamente, en el liga de la constitucionalidad se exige un adecuado proceso matizado por la presencia del derecho de defensa, el árbitro natural, el derecho a acudir, el derecho a ser oreja, a conocer la delación y a un litigio encajado, entre otros. No se requiere necesariamente una audiencia preliminar.
Por enésima vez vuelve a resonar el colapso de la conciencia penal dominicana. Por eso, si se elimina la audiencia preliminar no solo quedarían disponibles más de 100 jueces de la instrucción para dedicarlos a la creación de más tribunales de litigio de fondo, sino que obtendríamos aquella celeridad procesal derivada del mandato constitucional como señal procesal y, en consecuencia, la aniquilación de trámites que tienden a dilatar el proceso penal.
Igualmente, la innecesaria celebración de la audiencia preliminar se evidencia aún más cuando observamos que más del 97 % de las acusaciones son acogidas y, por ende, se ordena la celebración del litigio de fondo. Es asegurar, en casi todos los casos las acusaciones terminan abriendo un litigio de fondo.
Frente a esto decimos que, al eliminar la audiencia preliminar, se proyecta una reducción del tiempo de duración del proceso de aproximadamente un año. Por ende, sin la audiencia preliminar el proceso penal se reduciría a cuatro fases básicas: escalón original (medidas de coerción, investigación y revisiones), escalón de litigio de fondo, escalón de los capital y ejecución de la sentencia.
La audiencia preliminar no es una figura jurídica obligatoria por mandato constitucional ni supralegal. De hecho, no existe en otras ramas del derecho dominicano. Su desaparición no afecta ningún derecho y la no realización de esta audiencia no altera el adecuado proceso de ley.
Con la aniquilación de la audiencia preliminar no solo se ahorraría tiempo en la duración del proceso, sino igualmente capital humanos. Asimismo, se reducirían gastos económicos, que fue precisamente el principal argumento para la no incorporación de otras múltiples figuras jurídicas tanto del sistema inquisitivo como del adversarial por los que ha transitado la República Dominicana.
Actualmente, en el interior de este colapsado sistema penal, resulta más conveniente que la audiencia preliminar sea expulsada del sistema de conciencia dominicano. No es la única opción, pero es por donde iniciaría para contribuir a solucionar dicho colapso.
Respetuosamente,
Lic. Eduardo Grimaldi Ruiz
Sobre el Grimaldi
Lic. Eduardo Grimaldi Ruiz Artsen, MA
Abogado egresado de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) en el año 2005.
Egresado de la Escuela Doméstico de la Judicatura (ENJ) como Defensor Conocido en el año 2007.
Defensor Conocido en el período 2007-2012 en la ciudad de Santiago de los Caballeros.
Realizó ingenio en Ciencias Penales de la Pontificia Universidad Católica Origen y Maestra (PUCMM), circuito Santiago de los Caballeros, en el período 2010-2012.
Ex árbitro suplente en el Auditoría de Paz Municipal de Santiago y del Auditoría de Paz Ordinario de la 1era. Circunscripción de Santiago de los Caballeros en el período julio a septiembre del año 2013.
Ex facilitador de la Universidad Abierta para Adultos (UAPA), circuito Santiago de los Caballeros, en el año 2013.
Ex facilitador de la Universidad de la Tercera Antigüedad (UTE), circuito Santiago de los Caballeros, desde el año 2015 hasta el año 2019.
Articulista del folleto digital “Pinceladas Globales”.
Abogado litigante.
Experto en Derecho Procesal Penal y en procesos de Lavado de Activos.
Fundador de la oficina de abogados «Grimaldi Ruiz» -Abogados Asesores Asociados- en la ciudad de Santiago de los Caballeros.
Realizó ingenio en Antilavado de Activos y Terminación de Dominio de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), circuito sede central del Distrito Doméstico, en el período 2024-2025, irresoluto presentación de tésis.
Ha participado en estancias académicas y diplomados internacionales sobre Terminación de Dominio en la UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA
Ha participado en diplomados internacionales sobre interrogatorios y contrainterrogatorios en la UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA DE PUERTO RICO.
Ha participado en diversos talleres, seminarios, cursos, diplomados, congresos, conferencias de la ENJ, UASD, CARD, PUCMM, UTE, UAPA, ETC. EN PROCESAL PENAL, PENAL, TRÁNSITO, PROCESAL CONSTITUCIONAL, ACCIÓN DE AMPARO, DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DDHH.
Ha impartido diversos cursos, diplomados, congresos, conferencias de diversas instituciones académicas donde destacan: el CARD, la UTE, UAPA y otras entidades sobre diversos temas de derecho donde destacan: EL PROCESO PENAL, TRÁNSITO, EL JUICIO DE FONDO, LA AUDIENCIA PRELIMINAR, LOS RECURSOS, LOS DELITOS DE CHEQUES, entre otros.
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