La Congregación Monetaria aprobó la traducción definitiva de la modificación integral del Reglamento de Sistemas de Plazo, mediante la Segunda Resolución del 28 de agosto de 2025, autorizando su publicación oficial.
El nuevo reglamento establece el entorno sumarial y los procedimientos aplicables al Sistema de Plazo y Rebaja de Títulos de la República Dominicana (Sipard), con el objetivo de reforzar la eficiencia, inmediatez y seguridad de las operaciones de suscripción en el país.
“Esta legislatura tiene por objeto establecer el régimen sumarial y los procedimientos aplicables al Sistema de Plazo y Rebaja de Títulos de la República Dominicana (Sipard), procurando la inmediatez y el buen fin del suscripción”, indica el comunicado.
Principales cambios
Entre los principales cambios introducidos se destacan:
- Modernización de los requisitos para negociar como proveedor de servicios de suscripción.
- Regulación de la adquirencia transfronteriza por parte de proveedores locales.
- Inclusión de requerimientos de registro en el Tira Central para proveedores de billeteras digitales y servicios de iniciación de suscripción.
- Sustitución del término “agregador de suscripción” por “empresa de subadquirencia”.
- Incorporación de normativas sobre ambientes de prueba (salvadera) para servicios de suscripción.
- Establecimiento de los requerimientos para el nuevo sistema de pagos instantáneos del Tira Central.
Encima, la legislatura refuerza las funciones de vigilancia y supervisión del Sipard por parte del Tira Central, en cumplimiento con la Ley Monetaria y Financiera 183-02 y sus modificaciones.
Esta modernización legislatura examen consolidar un ecosistema de pagos más seguro, interoperable y apto, simpatizante con estándares internacionales y orientado a avalar la protección de los usuarios.
“El referido Reglamento fortalece el rol de vigilancia y supervisión del Sistema de Plazo y Rebaja de Títulos de la República Dominicana (Sipard) por parte del Tira Central, conforme lo establecido en la Ley núm. 183-02 Monetaria y Financiera de plazo 21 de noviembre del 2002 y sus modificaciones”, destaca el comunicado.
Encima, El BCRD apuntó que replica al interés de promover y consolidar un ecosistema de suscripción interoperable, seguro y apto, procurando concomitantemente la seguridad, la certeza jurídica y la protección al sucesor de sus servicios, cónsono con los estándares internacionales y las mejores prácticas sobre la materia.





