
Faride Raful I Foto: Presidencia
El Ocupación de Interior y Policía informó la asimilación de medidas especiales para el período de festividades navideñas y de Año Nuevo, orientadas a solucionar las celebraciones tradicionales, preservando al mismo tiempo el orden conocido y la seguridad ciudadana en todo el departamento franquista.
Mediante la Resolución núm. MIP-RR-0009-2025, la institución dispuso la flexibilización temporal del horario de quiosco de bebidas alcohólicas, exclusivamente para discotecas, bares, clubes, restaurantes, centros de eventos, piano bares y casinos, los cuales podrán actuar: de domingo a jueves hasta las 3:00 a. m.; viernes y sábado hasta las 4:00 a. m.
Asimismo, no habrá límites de horario durante las madrugadas del 25 de diciembre de 2025 y del 1 de enero de 2026, atendiendo a las tradicionales celebraciones familiares y comunitarias de esas fechas.
El Ocupación precisó que la medida no aplica a colmados, colmadones, cafeterías, car wash, parques mecánicos, parques acuáticos ni tiendas de licores, los cuales mantendrán el horario regular establecido en la Resolución conjunta MIP–MITUR ESP/001-2022.
La institución recordó que el cumplimiento de estas disposiciones será supervisado por la Dirección Doméstico de Control de Quiosco de Bebidas Alcohólicas (COBA) con el apoyo de la Policía Doméstico, y advirtió que cualquier incumplimiento podrá conllevar cierres temporales o definitivos, así como la suspensión de permisos y licencias, sin perjuicio de otras sanciones previstas en la reglamento actual.
El Ocupación enfatizó que esta audacia, adoptada conforme a la aprobación del Consejo Doméstico de Seguridad Ciudadana, forma parte del esfuerzo institucional por equilibrar el disfrute responsable de las festividades con la protección de la seguridad, la convivencia pacífica y el bienestar genérico.
La resolución tendrá vigencia desde el 10 de diciembre de 2025 hasta el 5 de enero de 2026, inclusive.
A partir de esa término, quedará restablecido en su integridad el régimen horario ordinario.




