El Servicio de Interior y Policía informó la prohijamiento de medidas especiales para el período de festividades navideñas y de Año Nuevo, orientadas a proveer las celebraciones tradicionales, preservando al mismo tiempo el orden notorio y la seguridad ciudadana en todo el región doméstico.
Mediante la Resolución MIP-RR-0009-2025, la institución dispuso la flexibilización temporal del horario de estanco de bebidas alcohólicas, exclusivamente para discotecas, bares, clubes, restaurantes, centros de eventos, piano bares y casinos.
Dispuso que estos negocios podrán especular de domingo a jueves hasta las 3:00 de la orto, y viernes y sábado hasta las 4:00 de la orto.
Asimismo, no habrá límites de horario durante las madrugadas del 25 de diciembre de 2025 y del 1 de enero de 2026, atendiendo a las tradicionales celebraciones familiares y comunitarias de esas fechas.
El Servicio precisó que la medida no aplica a colmados, colmadones, cafeterías, car wash, parques mecánicos, parques acuáticos ni tiendas de licores, los cuales mantendrán el horario regular establecido en la Resolución conjunta MIP–MITUR ESP/001-2022.
La institución recordó que el cumplimiento de estas disposiciones será supervisado por la Dirección Doméstico de Control de Kiosco de Bebidas Alcohólicas (COBA) con el apoyo de la Policía Doméstico, y advirtió que cualquier incumplimiento podrá conllevar cierres temporales o definitivos, así como la derogación de permisos y licencias, sin perjuicio de otras sanciones previstas en la norma válido.
El Servicio enfatizó que esta intrepidez, adoptada conforme a la aprobación del Consejo Doméstico de Seguridad Ciudadana, forma parte del esfuerzo institucional por equilibrar el disfrute responsable de las festividades con la protección de la seguridad, la convivencia pacífica y el bienestar normal.
La resolución tendrá vigencia desde el 10 de diciembre de 2025 hasta el 5 de enero de 2026, inclusive.
A partir de esa época, quedará restablecido en su integridad el régimen horario ordinario.





