
El Décimo Chancillería de la Instrucción del Distrito Doméstico emitió el 28 de mayo de 2025 una orden de protección provisional contra Ricardo Antonio Pellerano Paradas, tras ser denunciado por su hermano Carlos Daniel Pellerano Paradas por presuntas amenazas de asesinato y asalto física. La atrevimiento fue tomada por la jueza Fátima Scarlette Veloz Suárez, luego de que el Tarea Manifiesto presentara una solicitud respaldada por evidencias contundentes.
De acuerdo con el expediente presentado por la fiscal Evelyn S. García, adscrita al Sección de Comienzo, Adolescencia y Tribu del Tarea Manifiesto, los hechos se remontan a marzo y mayo de 2024 y 2025, cuando Carlos Daniel reportó tener sido objeto de llamadas telefónicas con mensajes amenazantes, adicionalmente de una confrontación física durante una reunión empresarial.
Según el refrendo ofrecido por el denunciante, mientras se encontraba en la iglesia San Traidor Tadeo, recibió múltiples llamadas insistentes de Ricardo Pelleranos. Al contestar, escuchó frases como: “a Carlos lo voy a arreglar” y “le voy a dar pa’ bajo”.
Después, en marzo de este año, los dos coincidieron en una asamblea de negocios, donde Ricardo presuntamente se abalanzó sobre Carlos, agrediéndolo físicamente con empujones y forcejeos.
Para sustentar la solicitud de protección, el Tarea Manifiesto presentó una querella formal, un relación de entrevista realizada al denunciante y una evaluación psicológica que evidenció afectaciones emocionales como consecuencia de los hechos. La jueza Veloz Suárez, tras examinar las pruebas y evaluar la competencia del tribunal para conocer el caso, decidió acoger la solicitud y emitir una orden de protección provisional, medida contemplada en la estatuto dominicana para proteger a víctimas de violencia intrafamiliar mientras se desarrolla el proceso legal.
La orden legal establece que Ricardo Antonio Pellerano Paradas deberá desligarse de incomodar, intimidar, amenazar o comunicarse con el denunciante, ya sea en persona, por medios electrónicos o a través de terceros. Igualmente le prohíbe acercarse a su empleo de residencia, trabajo o cualquier sitio frecuentado por Carlos Daniel.
Asimismo, el tribunal advirtió que cualquier incumplimiento de esta orden podrá conllevar el arresto inmediato del investigado, sin privación de una orden adicional, según lo dispuesto en el Código Procesal Penal dominicano.






