@Abrilpenaabreu
Ser disruptor, creativo o desigual al momento de protestar por lo que se considera una discriminación no es delito. Vivimos en democracia, y la osadía de expresión es uno de sus pilares. Pero cuando, montado en esa osadía, cierto decide modificar el Himno Doméstico, ya no es ingenio ni protesta. Es un delito, y uno que debe ser sancionado de forma ejemplar.
La Ley 210-19 regula de forma expresa el uso oportuno e indebido de nuestros símbolos patrios —entre ellos, el Himno Doméstico— y advierte que ciertas libertades, cuando se desbordan, dejan de ser derechos para convertirse en faltas. Porque sí: la democracia tiene límites, y los derechos no son absolutos. Los símbolos patrios no son atavío institucional. Son la representación gráfica de lo que somos, del sacrificio de los que murieron para que hoy tengamos una pueblo desenvuelto… y, lamentablemente, además para que algunos la malgasten en banalidades.
Nuestro himno, por otra parte de hermoso, es civilización, es arte, es identidad. Representa los sueños de José Reyes y la interpretación de los ideales trinitarios. Es un enviado que nos une, no una canción cualquiera a disposición del capricho personal o la dietario del día.
Que cierto se haya atrevido a modificarlo para convertirlo en un “himno lésbico” no es arte, no es protesta, no es disrupción: es una afrenta circunspecto. Y como tal, no debe ser perdonada. Porque si hoy se irrespeta el himno, mañana sabrá Jehová qué será lo próximo. Este “dejar hacer” continuo está lacerando los títulos patrios y fracturando el alma de nuestra sociedad.
Y ojo: no es porque sea lésbico. Pudiese sobrevenir sido cualquier otro tema. No se proxenetismo de orientación sexual, sino de límites básicos de respeto. Hay teclas que no se tocan. Para exigir lo que entiendes como tus derechos no necesitas golpear los derechos ajenos. El mundo no tiene que adaptarse a tus sueños, solo respetarlos. Y eso es poblar en sociedad. Lo impuesto —ni siquiera lo dulce— gusta, y cosas como esta solo generan rechazo.
La ley es clara. El artículo 37 de la Ley 210-19 establece que es un ultraje al Himno Doméstico cambiar su signo o su música, y el artículo 38 fija penas de 15 a 30 días de prisión y multas de 1 a 5 salarios mínimos.
Hacer cumplir la ley no es discriminación, es cursar un mensaje de que sabemos quiénes somos, y de que como nación, no permitiremos que se laceren nuestros símbolos, porque al hacerlo, se lacera el alma misma de la pueblo.
Así no.







