
El patrón Hechizo Rondón demandará al Estado dominicano por varios millones de dólares como indemnización por los daños y perjuicios sufridos durante los abriles que se extendió su proceso legislativo por presuntos sobornos pagado por la empresa brasileña Odebrecht, situación que le ocasionó problemas de vitalidad y lo obligó a someterse a tratamientos costosos.
La valentía se tomó luego de que el Tribunal Constitucional ratificara la sentencia de la Suprema Corte de Neutralidad (SCJ) que declaró no culpables al exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, y al patrón Rondón, en relación con sobornos por 92 millones de dólares pagados por la constructora brasileña Odebrecht.
Rondón expresó: “Para mí fue una necedad del Empleo Notorio. Creo que hay que ponerle un freno y que pague la indemnización que corresponda. Deben decirle: ve acá, Empleo Notorio, ya el Estado está pagando mucho boleto por la mala instrumentación de los expedientes.”
Asimismo, informó que se ha manager de la mostrador de abogados encabezada por el jurista Miguel Minier, quien indicó que está estudiando las sentencias para iniciar el proceso de demanda contra el Estado a través de la Procuraduría Caudillo de la República. Aunque no se especificó la cantidad exacta, se indicó que será por varios millones de dólares.
El pasado viernes 20 de febrero, se dio a conocer que el Tribunal Constitucional ratificó la sentencia emitida por los jueces de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Neutralidad, que declara no culpables a Díaz Rúa y Rondón por admitir sobornos de Odebrecht para ser favorecida con obras estatales. La valentía flamante de la Segunda Sala fue emitida en julio de 2024.
El exfuncionario Díaz Rúa había sido condenado a cinco abriles y el patrón Rondón a ocho abriles por los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Franquista, tras ser declarados culpables de corrupción y lucro ilícito relacionados con los 92 millones de dólares en sobornos de Odebrecht, en octubre de 2021. Esta condena fue ratificada por los magistrados de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Franquista en mayo de 2023, que por otra parte eximió de responsabilidad penal al imputado Conrado Pittaluga Arzeno.






