Santiago Hazim y los demás implicados en el desfalco al Seguro Doméstico de Salubridad (SENASA)cuyo monto supera los 15 mil millones de pesos, podrían enredar penas que van desde 10 hasta 20 abriles de prisión, encima de multas de entre 200 y 400 salarios mínimos y el requisa total de haberes ilícitos.
Estas sanciones corresponden a violaciones a los artículos 3.1, 3.2 y 3.3 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activosuno de los diez tipos penales incluidos en la incriminación presentada en la denominada Operación Cobra.
El artículo 3 de la Ley 155-17 establece que las personas responsables de lavado de activos serán sancionadas con una pena de diez a vigésimo abriles de prisión longevo, acompañada de multas de doscientos a cuatrocientos salarios mínimos.
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Todavía contempla el requisa de todos los haberes ilícitos, así como la inhabilitación permanente para acomodarse funciones en entidades financieras, organismos del mercado de títulos o instituciones públicas.
Encima de Hazim, los implicados en el caso SENASA son Gustavo Enrique Messina, Germán Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya, Eduardo Read Suerte, Cinty Acosta Sención, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Rafael Martínez Hazim y Heiry Mariela Pinela.
La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) les atribuye delitos que incluyen prevaricación, desfalco, asociación de malhechores, estafa contra el Estado, soborno, falsificación de documentos, uso de documentos falsos y delitos de inscripción tecnología.
Las penas por estos delitos de apoyo son más moderadas y oscilan entre tres meses y dos abriles de prisión; sin retención, el lavado de activos es el que concentra la longevo dificultad.
CARGOS ESPECÍFICOS CONTRA SANTIAGO HAZIM

En cuanto a Santiago Hazim, el expediente detalla que sus acciones violan el Artículo 146 de la Constitución, que proscribe la corrupción. Todavía se le acusa de asociación de malhechores, de coalición de funcionarios y prevaricación, hechos tipificados en los artículos 123, 124, 166 y 167 del Código Penal.
El Tarea Conocido sostiene que incurrió en estafa contra el Estado, desfalco, uso de documentos falsos y soborno, este zaguero sustentado en la Ley 448-06 y en los artículos 177 y 178 del Código Penal. Asimismo, se le imputan violaciones a la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Incorporación Tecnología, así como lavado de activos conforme a los artículos 2.11, 2.15, 3.1, 3.2, 3.3, 9.1, 9.2 y 9.4 de la Ley 155-17.
Los imputados permanecen bajo investigación, mientras las autoridades avanzan en el proceso procesal para especificar las medidas de coerción y las responsabilidades penales correspondientes.









