La demanda de dos empleados contra una empresa que los despidió motivó una serie de sentencias que reafirmaron precedentes respecto del significación de la protección que el fuero sindical otorga a los trabajadores, en un caso que ha sido elevado hasta el Tribunal Constitucional.
El Código Profesional estableció la figura del fuero sindical para evitar el despido injustificado y el desahucio de los empleados que forman parte de la directiva de su sindicato.
Sin confiscación, un laudo de la Corte de Trabajo del Unidad Jurídico de San Pedro de Macorísratificado por la Suprema Corte de Equidad (SCJ), reconoció este derecho a colaboradores que pertenecían a una asociación de empleados externa a la entidad.
Con esta atrevimiento, se suspendió el despido de dos empleados, bajo el entendido de que estaban cubiertos por el fuero sindical por formar parte de la directiva del Sindicato de Choferes Progresistas de la provincia La Altagracia (Suchopa).
La empresa apeló la atrevimiento delante la SCJ con el argumento de que “esa protección distinto va en beneficio de los miembros directivos de un sindicato de empresa y no de los miembros directivos de un sindicato de profesionales“.
Los jueces de la Tercera Sala rechazaron el planteamiento por los siguientes razones:
“Los recurridos formaron parte de la directiva del Sindicato de Choferes Progresistas de la provincia La Altagracia (Suchopa), integrado por trabajadores de distintas empresasentre las cuales se encuentra la ahora parte recurrente, circunstancia que adicionalmente era de su conocimiento, según el acto hacia lo alto mencionado. Por ello, ciertamente estaban protegidos por la referida seguro y, en consecuencia, el empleador se encontraba imposibilitado de terminar el convenio de trabajo por despido sin la previa autorización del sentenciador presidente de la Corte de Trabajo“.
Tras obtener un laudo desfavorable, el caso fue llevado delante el Tribunal Constitucional (TC), que rechazó una solicitud de suspensión de ejecución de sentencia por razones procesales, sin entrar en el fondo del conflicto, mientras conoce un apelación de revisión de atrevimiento departamental.
El fuero sindical
Lo susodicho significa que esta seguro cubre a los empleados que dirigen los tres tipos de sindicatos reconocidos por el Código Profesional: compañía, profesionales o por rama de actividad.
Esto aplicaría a grandes gremios como los de maestros, médicos, periodistasingenieros, abogados, bioanalistas, enfermeras y otros.
Adicionalmente de los miembros del consejo directivo, gozan del fuero sindical los miembros de un sindicato en formaciónhasta un mayor de 20, así como los representantes de los trabajadores en la negociación de un convenio colectivo y sus suplentes.
Las empresas no pueden desahuciar, es sostener, terminar de forma particular el convenio sindical, a estos empleados. Para efectuar un despido justificadoque anula el derecho a cesantía, deben presentar las pruebas de la equivocación delante la Corte de Trabajodonde los jueces decidirán si procede.
De no cumplirse esta formalidad, el despido es ignorante y el empleado debe ser reintegrado.







