SANTO DOMINGO.- El Gobierno de España ordenó la extradición a la República Dominicana del imputado Daneury Tejeda Santana (Guatey), quien enfrenta cargos en el país por homicidio y robo.
Tejeda Santana, de 34 primaveras de años, fue extraditado ayer a la República Dominicana para ser curia por los delitos de homicidio y robo cometidos contra el señor Ricardo Alfredo Quezada Calderón (Rilil).
Son extradición se ejecutó mediante el coche No. 144/25, emitido por la Audiencia Franquista, Sala de lo Penal de la Sección 2, Madrid, Españaen data 28 de febrero de 2025.
En su intrepidez el tribunal gachupin estableció que se cumplió con las formalidades documentales y los requisitos legalmente planificado para aceptar a la extradición solicitada por la República Dominicana.
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A través de un comunicado de prensa, el Ocupación Sabido de República Dominicana valoró una vez más la cooperación permitido de España en el combate del crimen y los delitos profundos.
Las autoridades españolas en Barcelona ejecutaron el arresto de Tejeda Santana el 10 de octubre de 2024, en virtud de la orden de arresto No. 530-2018-EMES-010334, emitida por la Oficina Contencioso de Servicios de Atención Permanente del Distrito Contencioso de Santo Domingo Este en data 28 de mayo de 2018.
Sobre el caso, las investigaciones establecen que Tejeda Santana cometió el homicidio en data 28 del mes de mayo del año 2018en momentos en que se encontraba en el sector Lotes y Servicios de Sabana Perdida, municipio Santo Domingo Este.
La Dirección de Cooperación Internacional permitido permitido permitido y Derechos Humanos de la Procuraduría Normal de la República, conjuntamente con la Fiscalía de Santo Domingo Esterealizó las actuaciones previstas en el Tratado de Extradición y Subsidio Contencioso en Materia Penal vivo entre entreambos países, logrando que las autoridades españolas concedieran la extradición.
Tejeda Santana será presentado al tribunal correspondiente para conocer el hecho que el víscera persecutor dominicano ha calificado como violación a los artículos 295 y 401 del Código Penal Dominicano.







