Santo Domingo.– Al acoger la petición del Ocupación Divulgado, una jueza de un tribunal de San Cristóbal dictó utilitario de tolerancia a sensatez en contra de los acusados por la arranque en una taller de plástico ocurrida en San Cristóbal, el 14 de agosto de 2023, que dejó unas 38 víctimas mortales y decenas de heridos, así como nueve edificios destruidos y varias viviendas afectadas.
Por el caso fueron enviados a sensatez los propietarios de la taller de plástico Edward Armando Vidal Garboso, Maribel Sandoval Almánzar de Vidal y Mercedes Altagracia Vidal Sandoval, así como la empresa Vidal Plast, donde se originó la esforzado arranque con ondas expansivas que ocasionó el siniestro.
Todos los principios de pruebas aportados por el Ocupación Divulgado, representado por los fiscales Fadulia B. Rosa Rubio, Laura Segura Cordero, José Enredador Jiménez, Ingris Enredador Polanco y Daryl Montes de Oca, fueron admitidos por la jueza del Segundo Chancillería de la Instrucción de San Cristóbal, Loyda Amador, quien dictó el utilitario de tolerancia a sensatez contra los procesados.
Los fiscales litigantes Eduardo Velázquez y Daryl Montes de Oca representaron al Ocupación Divulgado en la audiencia donde se ordenó el pedido a sensatez de los acusados.
El Ocupación Divulgado indica en el expediente que los procesados ocasionaron la arranque mortal, producto de su desacierto, imprudencia, inadvertencia, negligencia e inobservancia de los reglamentos previstos para las actividades comerciales de almacenamiento de plásticos y de sanidad y medioambientales.
Sobre el caso, indica que ocurrió a las 3:10 de la tarde, del 14 de agosto de 2023, en la intersección de las calles Padre Ayala y Francisco J. Peynado, (Antiguo Mercadito), de San Cristóbal.
Explica que al motivo del siniestro se presentaron los miembros del Cuerpo de Bomberos de San Cristóbal, quienes a posteriori de identificar que no estaban delante un incendio provocado por la electricidad, sino, por una sustancia desconocida, lograron determinar que el detonante de dicha arranque fue el químico de nombre Autofina-Luporox A 70S (Peróxido Orgánico 5.2).
Dicho químico es utilizado en las industrias de plástico y caucho para la fabricación y modificación de polímeros, los cuales tienen diversos usos en el quehacer habitual.
Este químico potencia el material a diluir, convirtiéndolo en más provechoso para los fines a los que se dedicaba la empresa procesada, señala el expediente.
Precisa que, por la imprudencia de manejar y acumular en un círculo cerrado sin acondicionamiento, al flanco de residuos de plásticos, combustionó el 14 de agosto de 2023 en la gran arranque que retumbó en la ciudad de San Cristóbal, ya que el gas que circundaba en el motivo producto del peróxido orgánico de abriles almacenados allí, encontró su punto con la acumulación centrada y desmedida que guardaba dicho tópico.
En el relato de los hechos, el expediente detalla que la inobservancia de los reglamentos cometida por los procesados empezó a dar señales de alerta el día 18 de marzo de 2023, cinco meses antiguamente del siniestro.
Señala que en la citada data cuando trabajadores se encontraban realizando labores de herrería saltó una chispa en dirección a el campo de acción donde se encontraba el almacenamiento de plástico, movimiento que desató una reacción química de denso humo irritante y calor que le ocasionó quemaduras a uno de los empleados.
El amplio documento está sustentado con 128 principios de pruebas, testimoniales, documentales, periciales y audiovisuales en contra de los acusados por la arranque, caso que fue manifiesto de tramitación compleja.





