
Los hermanos Espaillat conexo a su abogado Miguel Silverio I Foto: fuente externa
El Primer Magistratura de la Instrucción del Distrito Franquista rechazó la solicitud presentada por los hermanos Antonio y Maribel Espaillat para autorizar un nuevo peritaje sobre el colapso del techo de la discoteca Jet Set Club, tragedia ocurrida el 8 de abril de 2025 que dejó 236 fallecidos y más de un centenar de heridos.
La atrevimiento fue adoptada por el árbitro Raymundo Mejía, quien acogió el planteamiento del Servicio Sabido y declaró inadmisible el pedimento al considerar que fue sometido fuera del momento procesal oportuno. La petición había sido remitida desde el Tercer Magistratura de la Instrucción, que funge como tribunal de control del proceso.
El magistrado explicó que, en esta período del procedimiento, la solicitud no correspondía ser conocida judicialmente. No obstante, dejó abierta la posibilidad de que la defensa pueda reintroducirla por la vía administrativa.
Plutarco Jáquez, abogado de parte de las víctimas, manifestó su desacuerdo con la forma en que fue decidida la solicitud, al señalar que, aunque se declaró inadmisible, la atrevimiento permitiría a la defensa intentar nuevamente el trámite. Sostuvo encima que el documento depositado por los imputados no cumple con los requisitos establecidos en el Código Procesal Penal.
Según explicó, la defensa plantea la realización de un nuevo peritaje cuando, en la praxis, se trataría de un contraperitaje, para lo cual —afirmó— debieron presentar objeciones técnicas concretas al referencia ya realizado, señalando inconsistencias o contradicciones, lo que no ocurrió.
Jáquez asimismo cuestionó el tiempo transcurrido antaño de presentar la solicitud, indicando que, de favor existido interés en ese procedimiento, debió hacerse en un plazo legítimo y no siete meses posteriormente, ya que podría interpretarse como una maniobra dilatoria.
En la misma recta, el abogado Félix Portes advirtió sobre el aventura de que un nuevo examen técnico pudiera afectar la integridad de las evidencias recogidas en el superficie del siniestro, como los escombros, por lo que consideró prudente avanzar en dirección a la audiencia preliminar para preservar las pruebas.
El Servicio Sabido imputa a los hermanos Espaillat la presunta comisión de homicidio involuntario y golpes y heridas involuntarias, tipificados en los artículos 319 y 320 del Código Penal dominicano.






