Santo Domingo. – El Empleo de Trabajo informó que fueron paralizadas 15 obras de construcción en el Distrito Franquista, por presentar errata de seguridad y vitalidad, que ponían en peligro la integridad física de los trabajadores.
Indicó que durante un eficaz de inspección, fueron levantadas 380 actas, de las cuales 304 son de reprensión o advertencia sobre incumplimiento y 76 de infracciones, tales como errata de comité variado de seguridad y vitalidad; señalización, provisión de equipos de protección personal; botiquines de primeros auxilios y extintores.
Mientras que, en materia de violación al Código de Trabajo están la errata de planilla de personal fijo y tenerla visible; presentación de la planilla de personal móvil u ocasional, naturalización del trabajo, cuota del salario imperceptible de ley, no cuota de recreo, salario extraordinario y no compendio de visitas.

La institución señaló que estos operativos, realizados en 41 empresas, responden al compromiso del Empleo de Trabajo, de asegurar la seguridad y la vitalidad de los trabajadores del sector construcción.
En ese sentido, el ministro de Trabajo, Eddy Olivares, sostuvo que los trabajadores de la construcción y el entorno donde son edificadas las torres, tienen que contar con seguridad, y la forma de hacerlo es utilizando los equipos necesarios para avisar cualquier tipo de montaña.
Olivares señaló, adicionalmente, que las inspecciones tienen el propósito de concientizar y conducir a los constructores a cumplir estrictamente con las normas que rigen la seguridad y la vitalidad en las construcciones, así como los derechos de los trabajadores.
Por otro flanco, el ministro de Trabajo valoró y saludó la osadía de la Asociación Dominicana de Constructores y Promotores de Viviendas (Acoprovi), que preside Annerys Meléndez, con quienes mantiene un contacto permanente, por su voluntad de procurar el cumplimiento de la seguridad y vitalidad en las obras de construcción y tolerar a los trabajadores a la formalidad.
De su flanco, Nicaury De la Cruz, coordinadora de los operativos de Inspección, explicó que al momento de la supervisión de una de las torres se presenció la caída de un trabajador, sin lesiones de importancia, por no contar con los herramientas de seguridad, demostrando así la importancia de la aplicación del Reglamento 522-06, la Resolución 04-07, el Código de Trabajo, la Constitución de la República y los convenios con la Estructura Internacional del Trabajo (OIT).
En ese orden, Héctor Romero, coordinador de Higiene y Seguridad, señaló que de acuerdo al referido reglamento no se cumplía la cometido del empleador de proteger al empleado frente a los riesgos laborales. Agregó “las construcciones no tenían las líneas de vida, los trabajadores no se encontraban con los equipos de protección necesarios para su encaje y las señalizaciones de peligro no estaban en el ámbito”.
Por otra parte, indicó, no contaban con botiquines de seguridad, las escaleras con barandas inadecuadas, la parte perimetral de la torre no tenía baranda de caída y los huecos de ascensores estaban abiertos.
El Empleo de Trabajo recordó que el Reglamento 522-06 da otorgamiento al inspector de trabajo, para que, en caso de peligro inminente para la seguridad y vitalidad de los trabajadores, ordenar inmediatamente las medidas necesarias, incluyendo la paralización de las actividades.
De acuerdo al Convenio 81, en su artículo 13 los inspectores del trabajo están facultados para tomar medidas a fin de eliminar los defectos observados en la instalación, en el montaje o en los métodos de trabajo que, según ellos, constituyan razonablemente un peligro para la vitalidad o seguridad de los trabajadores.






