El presidente Luis Abinader promulgó este domingo la Ley 97-25 que reforma el Código Procesal Penalluego de ser aprobada por el Senado.
Así lo informó el asesor judicial del Poder Ejecutante, Antoliano Peralta Romeroquien indicó que la reforma del Código Procesal lo convierte en una norma conforme con los principios democráticos y asume distintos criterios que el Tribunal Constitucional y la justicia de la Suprema Corte de Jurisprudencia han venido creando en la materia.
Destacó que la nueva ley moderniza el texto vivo hasta hoy, ya que fortalece parte importante de los 28 principios del proceso penal. Añadió que, de la misma forma, se consolida un maniquí procesal más ágil, garantista y coherente con el Estado social y demócrata de Derecho.
El texto, apuntó, que fue promulgado hoy será publicado en la Diario Oficial en el día de mañana. De conformidad con la norma en la materia, entrará en vigor a partir del martes en el Distrito Doméstico y desde el miércoles en el resto del país.
Peralta Romero dijo que, entre los principios destacables del texto promulgado, está la ampliación de los mecanismos modernos de resolución de conflictos, incluyendo conciencia restaurativa, criterios de oportunidad, acuerdos, conciliaciones, procedimientos abreviados y suspensión condicional del procedimiento, habitable ahora para hechos sancionados con hasta cinco primaveras de prisión.
El asesor judicial expresó que es igualmente evidente que la reforma fortalece el derecho de defensa y las garantías al elevar los principios fundamentales y modernizar los procedimientos. Se refuerza la presunción de inocencia, se asegura la concurso técnica integral para partes vulnerables, y se garantiza una aplicación más humana mediante el principio de favorabilidad procesal.
Añadió que, los derechos del investigado se activan desde los primeros actos, como la citación o la inmovilización de fondos, y se amplía el plazo para que la defensa presente su escrito. Encima, se otorgan más oportunidades para que la defensa solicite contraperitaje, y se fijan plazos máximos de dos primaveras para los archivos provisionales, que ayer no tenían orilla.
Asimismo, en el régimen de medidas de coerción, la reforma establece reglas más claras sobre el arresto y las órdenes de comparecencia, e impone un veterano rigor en el control legal en la revisión obligatoria, respondiendo a las exigencias de penuria, razonabilidad y estricta motivación para la restricción de decisión. Se incluye el criterio visible de plazo justo, estableciendo un mayor de cuatro primaveras para casos ordinarios y cinco primaveras para casos complejos, con criterios claros para su cuenta. Adicionalmente, se garantiza un procedimiento de apelación efectivo al eliminar el “nuevo razón” y otorgar facultades a las cortes para instruir el proceso conforme a las reglas del razón, asegurando un doble escalón de demarcación actual y utilitario.
En definitiva, sostuvo, el reformado Código Procesal Penal está orientado a mejorar la dependencia de conciencia penal y modernizar profundamente el sistema, impulsando una transformación basada en la celeridad, la crematística procesal, la especialización y el consenso entre las partes, con el objetivo de obtener una conciencia más rápida, eficaz y centrada en la alternativa del conflicto. Por demás, presenta una necesaria armonización con el nuevo Código Penal, que se expresa en la adecuación a la nueva clasificación de infracciones.
En ese sentido, explicó, las extensas sesiones de trabajo que dieron como resultado esta importante reforma, participaron, encima de los legisladores, importantes sectores de la sociedad y el Estado, lo que permitió que se arribaran a consensos importantes. Estuvieron presentes en el proceso el Tarea Sabido, la Defensa Pública, el Poder Sumarial, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutante y distintos representantes de la comunidad jurídica.
Con estas transformaciones, que se une la Ley de Cese de Dominio y la reforma al Código Penalentre otras normas de nuevo impulso, la República Dominicana consolida una conciencia penal más humana, moderna y efectiva, en sintonía con los estándares constitucionales y los desafíos del sistema legal contemporáneo.








