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Procompetencia dispone de un observatorio de la competencia y, a través de este estudio que opera como una especie de semáforo, la institución devela las empresas en rojo, con adhesión concentración de mercado; en amarillo y en verde a las demás. En ese aspecto, el observatorio arroja que tres Administradoras de Riesgos de sanidad (ARS)- Senasa, Primera y Mapfre- tienen el 70% del mercado.
Con adhesión concentración de mercado están el cultivo de cebollas, arma blanca, unto vegetal y cementos. En amarillo se encuentra el sector de los combustibles y las ARS.
La Ley 42-08 comercio el exceso de posición dominante, los carteles o colusión en compras públicas, y la competencia desleal, que es la principal queja del comercio.
La funcionaria recordó que hay un decreto presidencial en el cual se establece como prioridad el ingreso del país a la Estructura para la Cooperación y el Mejora Crematístico (Ocde), que tiene entre en sus principales recomendaciones a las empresas.
Atentos a ley de residuos
El documentación sobre residuos sólidos fue presentado al Congreso Doméstico por Procompetencia, entidad que ejerce leyes (prevención) en ese tema. Recordó que las observaciones hechas por el presidente Luis Abinader a ese plan de ley fue a partir de los informes remitidos por esta entidad. El documentación fue acogido por todas las asociaciones empresariales. La entidad actúa por informes remitidos por las cámaras legislativas, a petición de sectores productivos y, de oficio. Vásquez Taveras señaló que en la entidad hay una persona dedicada a monitorear la dietario legislativa. Recalcó que sobre el plan de residuos sólidos el consejero sumarial del Poder Ejecutor dijo que ya tienen listas las observaciones y que Procompetencia está muy atenta a esa estancia.
“Con relación a ese plan de ley tenemos serias preocupaciones. Esa ley establece monopolios regionales, cuando establece una planta sanitaria y relleno de residuos sólidos por región, y luego fue cambiada a uno por provincia”, indicó.
En ese contexto, agregó que incluso se establecerían contratos por más de 10 abriles, cuando la propia modificación de la ley data de menos de cinco abriles, entonces salta a la apariencia que ese es un mercado muy dinámico y que atar a los junta por 10 abriles no debe ser, por otra parte de que le quita la posibilidad a los cabildos de hacer cambios. Aseguró que de no ocurrir sido observado por el Presidente, habría una actividad de inconstitucionalidad en el tribunal Constitucional.






