Por: ling Almánzar.-
Fue a petición del Ocupación Notorio que una corte anuló las condenas de hallarse franco y la principio de la beocio abusada, ordenándose un nuevo madurez para entreambos, en Puerto Plata.
Dicha petición se hizo para tratar de obtener una condena decano sobre francoque en primera instancia fue sentenciado a dos primaveras de prisión suspendida por atropello psicológico y sexual de la beocio. El víscera acusador pide 5 primaveras para él.
Igualmente fue condenada a 10 primaveras de apartamiento la principio de la adolescente por explotación sexual y comercial, y encima, se le impuso el cuota de una indemnización y el requisa de riqueza.
Ahora, en un nuevo madurez, el Ocupación Notorio confía que obtendrá mayores condenas para los imputados. De hecho, un equipo de fiscales está dispuesto para retornar a porfiar y entrar en movimiento contra los acusados, en procura de ganar condenas ejemplares y más severas.
Nuevo madurez
El nuevo madurez fue arreglado por los jueces del tribunal de altura Onasis Pelegrín, Xiomara Tineo y Juan Suardi, quienes sopesaron los argumentos de las partes, incluyendo el presentado por el Ocupación Notorio, contra la sentencia dictada en junio pasado en primera instancia.
Condenas anuladas
Franco Aybar fue condenado en primera instancia a 2 primaveras de prisión, bajo suspensión de la pena, así como al cuota de 10 salarios mínimos y las costas penales del proceso.
El procesado fue hallado culpable de violar el artículo 396, saber b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03)
El tribunal en primera instancia impuso la pena suspendida, disponiendo que Franco Aybar no se acerque a adolescentes con fines sexuales y en caso de incumplimiento de la medida deberá cumplir la pena en prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe de Puerto Plata.
Mientras que la principio de la víctima fue condenada a cumplir 10 primaveras de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres, en Santiago, al establecer el tribunal, con saco en las pruebas aportadas por el Ocupación Notorio, que la mujer incurrió en delitos de explotación sexual comercial y lavado de activos. Encima, la sentencia establece el cuota de una multa equivalente a 30 salarios mínimos en beneficio del Estado dominicano.
Asimismo, como solicitó el víscera acusador, se ordenó el requisa de los siete riqueza que les fueron incautados a la procesada, incluyendo un solar enclavado en Villa Montellano con una extensión superficial de 600 metros cuadrados, un carro del año 2023, un depósito bancario de RD$2,100,000, así como la suma de 68 mil 500 dólares y 800 mil pesos dominicanos.
Por igual, los equipos celulares y todos los títulos colocados en la cuenta de la principio de la víctima, que fueron inmovilizados por el Ocupación Notorio en virtud de una orden particular y autorización legal. De igual forma, le ordena el cuota de las costas penales del proceso.








