El financiamiento colaborativo de inversión ya será una actividad regulada en la República Dominicana luego de que la Superintendencia del Mercado de Títulos (SIMV) aprobara, mediante la resolución R-CNMV-2025-27-MVel esquema de reglamento que determinará cómo estas operaciones deben proceder en el mercado de títulos circunscrito.
Esta modalidad de inversión -conocida en inglés como crowdfunding– representa toda actividad por la cual las sociedades comerciales constituidas en el país se conectan con inversionistas, tanto a través de un intermediario de títulos, como de una plataforma de financiamiento colaborativoa fin de obtener fortuna por intermedio de la teledifusión de títulos.
El Reglamento para el Financiamiento Colaborativo de Inversión tiene por objetivo reglamentar esta actividad cuando se efectúa a través de la teledifusión de títulos de propuesta pública, adicionalmente de desarrollar los requisitos que regirán el proceso de autorización e inscripción de estas emisiones en el registro del mercado de títulos.
Llena infructifero normativo
Hasta entonces, el ordenamiento legal dominicano carecía de un útil que regulara el financiamiento colaborativo de inversión, por lo que el reglamento se convierte en una utensilio necesaria para instaurar un régimen regulatorio que facilita la billete de emisores no tradicionales, como las pequeñas y medianas empresas (pymes) en el mercado de títulos.
La norma se aplicará a todas las sociedades administradoras de mecanismos centralizados de negociación que se constituyan, o busquen constituirse, con el único objetivo de dirigir plataformas de financiamiento colaborativo en el país, actividad que solo podrá ser desarrollada por estas entidades.
Hasta ahora, solo la Bolsa y Mercado de Títulos de la República Dominicana (BVRD) figura como sociedad de este tipo en el interior de los actores que conforman el ecosistema de títulos en el país, según el registro de la SIMV.
Sin incautación, el reglamento igualmente somete a las formalidades de su aplicación a las entidades que participan de estas operaciones, como los emisores de títulos de financiamiento colaborativolos intermediarios y los depósitos centralizados de títulos.
Control de plataformas
Para que el crowdfunding sea parte del ecosistema formal del mercado dominicano, estas plataformas deberán ser administradas bajo el esquema de bolsa que sea facultado por el Consejo Franquista del Mercado de Títulos y seguidamente inscritas en el registro del mercado de títulos.
El reglamento fija un proceso de autorización en dos fases para las sociedades que administren estas plataformas: una primera etapa de evaluación admitido y una segunda de evaluación operativa que incluye requisitos tecnológicos, de gobierno corporativo y de papeleo de riesgos.
El documento excluye todas las actividades de financiamiento colaborativo en el que las empresas obtienen financiamiento por vía de préstamos, así como aquellas fruto de una donación, en las que no existe ninguna obligación de la persona que solicita los fortuna de devolver el monto financiero adeudado.







