Diputados aprueban plan que autoriza suscripción a pequeños contratistas por obras ejecutadas

Foto: Diputados

La Cámara de Diputados aprobó este lunes, en dos discusiones consecutivas, el plan de ley que autoriza el suscripción de deuda por obras ejecutadas a pequeños contratistas, mantenimientos correctivos de escuelas, supervisores y asfalteros.

Esta ley tiene por objeto autorizar, de guisa fantástico y por única vez, el inspección, brío y suscripción de las deudas derivadas de obras públicas ejecutadas sin contar con un anuencia formal o sujeto a reformulación presupuestaria, a fin de regularizar las obligaciones pendientes y custodiar la transparencia, la legitimidad y el uso adecuado de los posibles públicos.

“A los fines de certificar la adecuada aplicación de esta ley, se reconoce como acreedores del Estado a los Ingenieros, empresas contratistas y demás entidades ejecutoras que figuran en el relación indicado en esta ley, quienes realizaron obras públicas debidamente ejecutadas, recibidas y actualmente en funcionamiento en beneficio de diversas comunidades del país”, establece el plan.

El plan fue ratificado luego de un amplio debate donde se expresaron varios diputados de las diferentes bancadas con representación en la Cámara de Diputados.

Previo a los debates, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, informó que una comisión del Colegio de Ingenieros y Arquitectos (CODIA) visitó a los bloques de decano representación, donde explicaron el envergadura del plan.

Esta ley aplica a las deudas contraídas por el Estado Dominicano a través del Ocupación de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), el Ocupación de Educación (MINERD), el Instituto de Auxilios y Viviendas (INAVI), el Instituto Franquista de Capital Hidráulicos (INDRHI), el Instituto Franquista de Aguas Potables y Alcantarillado (INAPA), la Comisión Presidencial de Apoyo al Incremento Provincial (CPADP), la Unión Central Electoral (JCE), la Corporación de Conducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) y la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), y a las obligaciones del Instituto Franquista de la Vivienda (INVI) y del INAVI, que han sido asumidas por su continuador procesal, el Ocupación de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), y cualquier otro espantajo manifiesto, según el relación de esta ley.


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