La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en segunda recitación el tesina de ley orgánica que instituye el Código Procesal Penal de la República Dominicana.
La estancia legislativa fue aprobada con 111 votos a valía y 3 en contra, informó el organismo en una nota.
El tesina de ley debe retornar al Senado de la República, donde había sido ratificado previamente, correcto a las modificaciones que introdujeron los diputados.
“Hoy hemos culminado con una tarea titánica, nosotros esperamos que estemos dando al país la mejor carta posible en esta materia, hoy hemos conseguido mejoras significativas al tesina que aprobamos anoche en primera discusión que fue muy bueno igualmente, tengo que decirlo”, manifestó el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco.
Previo al inicio de los trabajos legislativos, los diputados recibieron, nuevamente, sendas representación de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutante, de la Procuraduría Universal de la República y de la Suprema Corte de Neutralidad, entre otras, quienes hicieron algunas observaciones que buscan mejorar la carta propuesta.
El texto ratificado ordena a los tribunales a aplicar la ley, garantizando la vigencia efectiva de la Constitución de la República y de los tratados internacionales y sus interpretaciones por los órganos jurisdiccionales creados por éstos, cuyas normas y principios son de aplicación directa e inmediata en los casos sometidos a su facultad y prevalecen siempre sobre la ley.
Por otra parte, procura robustecer la efectividad de la persecución penal sin menoscabo de las garantías individuales, estableciendo reglas claras para los órganos de investigación, Servicio Manifiesto, la defensa técnica y el Poder Legislativo, delimitando sus competencias conforme al principio de separación de funciones procesales.
“La flamante reforma al Código Penal ha redefinido tipos penales, sanciones y estructuras jurídicas sustantivas, creando la exigencia de adecuar el Código Procesal Penal en su conjunto, que requiere una reforma procesal que armonice los procedimientos, fortalezca la capacidad de respuesta del Servicio Manifiesto y de los tribunales y asegure que las reglas del proceso reflejen de guisa efectiva los cambios incorporados al régimen penal sustantivo”, expresa en uno de sus considerando el dispositivo constitucional.








