La Dirección Caudillo de Contrataciones Públicas (DGCP) informó la implementación del nuevo régimen de inhabilidades previsto en el artículo 38 de la Ley 47-25, el cual introduce un cambio estructural en materia de integridad pública al eliminar el origen del 10% de billete accionaria que contemplaba el régimen mencionado.
En ese sentido, la institución enfatizó que el nuevo ámbito procesal establece un régimen de incompatibilidad definitivo, mediante el cual cualquier nivel de billete societaria de funcionarios o servidores públicos en empresas proveedoras del Estado —sin importar su proporción— constituye una inhabilidad para contratar, lo que refuerza los principios de transparencia, imparcialidad y prevención de conflictos de interés.
En consecuencia, la DGCP exhortó a todos los funcionarios y servidores públicos que se encuentren comprendidos internamente de estas causales a solicitar formalmente la suspensión de su Registro de Proveedor del Estado (RPE).
Mediante la circular DGCP44-PNP-0001-2026, la DGCP otorgó un plazo de quince días hábiles para la ejecución de esta medida en el ámbito de la implementación del nuevo régimen procesal o, de lo contrario, procederá a la suspensión de oficio del referido documento, conforme a lo dispuesto en el artículo 69 del reglamento de aplicación, consentido mediante el Decreto 52-26.
El artículo 38 de la Ley 47-25 establece el régimen de inhabilidades para contratar con el Estado y determina cuáles personas no podrán participar como oferentes ni celebrar contratos con los entes, órganos e instituciones sujetos a dicha norma.
La institución explicó que estas inhabilidades pueden ser absolutas, cuando el impedimento se extiende a todos los entes, órganos e instituciones comprendidos en el ámbito de aplicación de la ley; o relativas, cuando la prohibición se circunscribe a un determinado colectividad, entraña o institución, conforme a los numerales 1 y 2 del referido artículo.
Internamente de los funcionarios que tienen inhabilidad absoluta para contratar con el Estado se encuentran el presidente y vicepresidente de la República, los ministros y viceministros; el consejero procesal del Poder Ejecutor y los subconsultores; legisladores, magistrados de la Suprema Corte de Equidad y demás tribunales del orden jurídico; magistrados del Tribunal Superior Electoral, así como los miembros de la Cámara de Cuentas y de la Grupo Central Electoral.
Asimismo, están comprendidos los alcaldes y regidores de los ayuntamientos de los municipios y del Distrito Doméstico, los directores y vocales de los distritos municipales; el contralor caudillo y subcontralor de la República, y los directores y subdirectores generales de los entes y órganos de la Agencia Pública, incluyendo aquellos desconcentrados y descentralizados, entre otros.
La DGCP reiteró que todavía están impedidas de contratar con el Estado las personas jurídicas en las cuales los funcionarios descritos posean billete societaria o ejerzan funciones de dirección, gobierno o integración en consejos de compañía, consolidando un enfoque de tolerancia cero frente al conflicto de interés.
De acuerdo con la nota de prensa, la solicitud de suspensión deberá realizarse mediante el formulario dispuesto para tales fines en la página institucional de la DGCP, en la sección ámbito procesal/formularios en serie de servicios/proveedores del Estado/formulario de anulación o suspensión del RPE: (https://www.dgcp.gob.do/sobre-nosotros/marco-legal/)(https://www.dgcp.gob.do/sobre-nosotros/marco-legal/)
“La presente comportamiento se realiza como aval del adecuado proceso oficial, otorgando a los destinatarios la oportunidad de regularizar su situación internamente del plazo conferido, previo a la apadrinamiento de cualquier medida de suspensión de oficio”, detalla la referida circular.
Finalmente, el entraña rector reiteró su compromiso con el fortalecimiento, transparencia e integridad del Sistema Doméstico de Contrataciones Públicas (SNCP), en protección del interés caudillo y la confianza en la mandato pública.






