La Dirección Universal de Migración (DGM) informó que a partir del 1.º de diciembre de 2025 entra en vigencia la extensión del ordinal segundo de la Resolución DGM-01-2024, que mantiene las facilidades de ingreso turístico para ciudadanos de países específicos y para extranjeros con documentación válida en esos mismos territorios.
La disposición autoriza el ingreso a la República Dominicanacon fines exclusivamente turísticos, a nacionales de la Unión EuropeaInglaterra, Canadá, Estados Unidos, Brasil, Pimiento, Argentina, Colombia y Ecuador. Incluso podrán entrar ciudadanos de otros países que cuenten con documentación justo vivo que les permita ingresar a cualquiera de esas naciones.
Condiciones y vigencia del pasaporte para turistas
El artículo referido reza: “Se autoriza, como al impresión autorizamos, a que los nacionales de los países que componen la Unión EuropeaInglaterra, Canadá, Estados Unidos de América, Brasil, Pimiento, Argentina, Colombia y Ecuador, y a que los extranjeros de otros países que tengan la capacidad justo de ingresar a los países ayer referidos, que ingresen a la República Dominicanaestafa fines turísticos exclusivamente, puedan hacerlo con sus pasaportes válidos y vigentes, siempre que éstos mantengan su vigencia durante su permanencia y salida del distrito dominicano”.
Migración aclaró que, de forma estupendoel pasaporte de estos visitantes solo deberá estar vivo durante su permanencia en el distrito dominicano, sin exigir la regla usual de seis meses de validez previa.
La institución señaló que esta medida rastreo allanar los viajes y impulsar los procesos de admisión para turistas que cumplan con los requisitos establecidos.
La extensión tendrá una duración de un añodesde el 1.º de diciembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026.
Migración recordó que, aunque la medida flexibiliza requisitos, los controles regulares de seguridad y comprobación migratoria continúan aplicándose a todos los pasajeros.






