Francisco Tomás Reyes Acevedorepresentado por el abogado Mayobanex Peña, depositó una queja frente a la Inspectoría Normal del Poder Jurídico en relación con la Resolución número 0754/2025, dictada el 19 de diciembre de 2025 por la Primera Sala de la Suprema Corte de Imparcialidadmediante la cual se suspendió la ejecución de una sentencia definitiva.
De acuerdo con la quejala resolución suspendió la ejecución del veredicto en beneficio de Abel Martínez Duránúnico recurrente del proceso. Para sustentar la osadía, el tribunal atribuye a Reyes Acevedo una solicitud de inadmisión que, según se indica, no fue presentada.
La Secretaría Normal de la Suprema Corte de Imparcialidad emitió el 29 de diciembre de 2025 una proceso de dar un título en la que señala que en el horario de oficina no figura ningún solicitudescrito de defensa, instancia ni conclusiones depositadas por Reyes Acevedo.
- La instancia todavía señala que el Comunidad de Santiago no recurrió la sentencia por haberle resultado benévolo, al acoger un acuerdo y abandono entre las partes, y que, pese a ello, la resolución introduce una relato a la protección del patrimonio municipal.
Implicaciones legales
Según lo planteado, la interpretación vulnera disposiciones relativas a la tutela legal efectivala seguridad jurídica, la imparcialidad legal y el deber de fidelidad al horario de oficinacitando precedentes del Tribunal Constitucional.
El abogado solicitó la demostración del horario de oficina físico y digital, la identificación del origen de la información utilizada en la resolución y la apadrinamiento de las medidas correspondientes conforme a las normas aplicables.






