
El texto con que procede sustituir la desfasada Ley 6132 llega al Congreso Doméstico ya consensuado con los sectores más directamente conectados con sus fines regulatorios y de efectiva protección al vacío examen de la comunicación por diferentes formas. Arreglado en el acto a toda exposición que enriquezca su contenido en vistas públicas y que amplíe su vinculación y legalización con la sociedad dominicana. Surge en un momento en que procede resaltar con precisiones normativas el cauce en que debe permanecer el derecho a la vacío expresión de las ideas, sin excluir ahora los fortuna de la era digital, sin más restricción que aquellas que corresponden al sistema demócrata, que es de plenas libertades, a fin de respaldar la vigencia y alcances de prerrogativas que asisten en materia de prensa a todo ciudadano en su aspiración a ser informado correctamente o de fungir como emisor que ejerce con dignidad sus objetivos. Dos abriles de consultas, reflexiones técnicas y concertaciones con representantes de diversos ámbitos de la nación, derivaron en esta propuesta dirigida a regular de forma certamen, equilibrada y moderna las difusiones informativas con aplicación de multas, suspensiones de transmisión y exterminio de contenidos por actos que desconozcan la ley, resultando contrarios a la Constitución y a la emancipación de expresión. Sin dejar fuera la defensa del derecho de los comunicadores en común a tener camino a fuentes informativas sin discriminación. Un esquema de ley plenamente originado y respaldado, ciertamente, por la Sociedad Dominicana de Diarios, en dirección a implantar “una ley moderna, equilibrada y respetuosa de los derechos ciudadanos, las garantías constitucionales y la desemejanza de voces que nutren a la democracia dominicana”.
Puede percibir: Esperando el impacto de significativas bajas
Mediante esta código quedará instituido el Instituto Doméstico de Comunicación (Inacom), entidad estatal descentralizada, con autonomía financiera y administrativa, patrimonio propio y personalidad jurídica, con la responsabilidad de proteger y promover el examen del derecho a la emancipación de expresión e información y delimitar, establecer y reglamentar las políticas públicas, normas y procedimientos necesarios para la aplicación adecuada de la ley.