EL AUTOR es abogado y profesor universitario. Reside en Santo Domingo.
Para charlar de delincuencia organizada es preciso que se cumplan una serie de exigencias concretas: que exista un especie de individuos (tres o más) que se organizan en una estructura interna en la mayoría de los casos. Suele ser jerárquica; que se dé una adecuada coordinación sea la comisión de actividades delictivas; y, que la misma nazca con la idea de mantenerse en el tiempo, esto es, con inclinación de continuidad y estabilidad.
En muchos casos, aunque no en todos, suele suceder adicionalmente, que la ordenamiento tiene una dimensión económica, o sea, que persigue conseguir un beneficio financiero con su actividad delictiva. Ciertamente, algunos sectores doctrinales consideran como otra característica de la delincuencia organizada el uso de la violencia.
Y sucede lo mismo con la característica de la penetración de estos grupos en instituciones públicas, ya que, aunque no se da siquiera en todos los casos de delincuencia organizada, cuando concurre, provoca terribles resultados. En lo relativo a los actos delictivos que pueden realizar estas organizaciones o grupos criminales, aunque ello dependa de la código de cada estado.
En caudillo, no debemos identificarlos solamente con un tipo de actividad sino que el mejora de su tarea engloba ámbitos tan amplios como: el tráfico de armas y dispositivos explosivos (muchos dirigidos seguidamente a cometer actos terroristas), tráfico de personas, producción y distribución de material pornográfico.
Secuestros, falsificación de metálico, delitos contra la Hacienda Pública (que es el delito de mayores mercadería sobre la patrimonio al privar a los estados de importantes posibles para cumplir sus fines), delitos de apropiación indebida y blanqueadura de capitales. Referente a la delincuencia organizada, y al igual que ocurría con la corrupción, siquiera podemos desmentir lo antiguo de su existencia.
Sin ir más acullá, el origen de las primeras organizaciones criminales se sitúa, precisamente, en la corrupción por parte de gestores públicos, y, aún hoy en día, muchas de estas agrupaciones necesitan de la colaboración de los poderes públicos para sobrevivir como tales.
Ciertamente, debemos arribar a la conclusión de que las interconexiones entre ambas actividades no pueden pasarnos desapercibidas, ya que los grupos delictivos, para desempeñar fructifica mente su labranza ilícita, tienden a inmiscuirse en las actividades públicas.
Aclaratorio que este tipo de corrupción política afecta no solo a nivel estatal sino a todos los estratos de las Administraciones Públicas, cada uno con colchoneta en las competencias asignadas por la normatividad actual. Son cuatro tipos de corrupción que afectan a la oficina pública y pueden ser utilizados en su propio provecho por las organizaciones criminales.
La Corrupción política: ya sea a través de la corrupción directa del político) sobornos a los candidatos), infiltración de miembros de la ordenamiento criminal en partidos políticos o su financiación ilegal, la importación de votos, la manipulación de procesos electorales, o por otro método tan abyecto como la creación de partidos políticos diseñados específicamente para satisfacer todas sus deyección.
Corrupción policial: puede darse desde el exógeno , para simplificar la comisión de las actividades delictivas de la ordenamiento criminal o mediante la obstaculización de la persecución de dichos delitos, o incluso desde ewl interior, mediante la creación de una ordenamiento criminal internamente del cuerpo de seguridad.
Por consiguiente, los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pueden aceptar a sitio no solo una labranza protectora sino además incurrir en otras actividades ilícitas que positivamente serian propias de auténticos miembros de la ordenamiento criminal, como es el caso de la comisión de secuestros o la cesión o devolución de la droga incautada.
Corrupción contencioso: la acto corrupta de ciertos miembros de la Carrera Legal y Fiscal incrementa además las posibilidades de impunidad de algunas actividades ilícitas realizadas por grupos criminales. Para ello, las propias organizaciones pueden demorar a intervenir en los procesos de selección de jueces y magistrados, influyendo, por consiguiente, en la composición de un determinado Tribunal que va a juzgarles por hechos probablemente delictivos, o incluso, “comprando” directamente decisiones judiciales.
jpm-am
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