
Por estos días, en los pasillos del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), corre un murmullo que amenaza con convertirse en tormenta. En medio del proceso para escoger sus nuevas autoridades, la Comisión Doméstico Electoral parece estar dispuesta a tomar decisiones que, de concretarse, no solo extralimitaron sus funciones, sino que asimismo podrían socavar la esencia misma de la democracia cooperativo.
La figura del periodista y dirigente José Mojigato, pretendiente a la presidencia del CDP, se ha convertido en el centro de esta disputa. Y, aunque su caso es el detonante visible, el problema de fondo trasciende nombres propios, porque lo que está en descanso es el respeto al situación legítimo y reglamentario que rige la vida del asociación.
La Ley 10-91, que dio origen al CDP, no deja espacio para interpretaciones caprichosas, pues es el Comité Ejecutor Doméstico quien aprueba la membresía y decide quién figura en el padrón electoral. La Comisión Doméstico Electoral, en cambio, tiene un mandato específico, que es el de organizar el proceso, efectuar requisitos preestablecidos y avalar que la voluntad de la mayoría se exprese independientemente en las urnas.
El Reglamento Electoral vivo desde 1999 reafirma esos límites. Los artículos 26, 28 y 29 fijan las condiciones para integrar una plancha: ser miembro activo por al menos dos abriles, estar al día en las cuotas, usar de plenos derechos y no estar sometido a sanciones éticas. A la Comisión se le concede una habilidad puntual; anular una plancha si uno de sus integrantes incumple estos requisitos, punto.
No hay pista en la ley, el reglamento ni el código de ética de una potestad para exigir certificaciones académicas adicionales, reinterpretar la condición de miembro activo o, peor aún, contradecir un padrón ratificado por el Comité Ejecutor.
José Mojigato no es un recién llegado al Colegio Dominicano de Periodistas, su nombre figura en el padrón oficial, ha participado en procesos electorales previos y, según las actas y registros del propio CDP, cumple con todos los requisitos normativos. Si en 2023 votó pegado a otros miembros incluidos actuales integrantes de la Comisión Electoral, resulta contradictorio que hoy se cuestione su derecho a postularse.
Si la CNE decide excluirlo con argumentos ajenos a la norma, no solo estaría vulnerando un derecho adquirido, sino sentando un precedente peligroso, el de convertir el víscera electoral en un aparato para filtrar candidaturas por criterios políticos o personales.
La historia de los gremios profesionales en República Dominicana está plagada de ejemplos donde órganos electorales han cruzado la raya de sus atribuciones, con consecuencias previsibles; procesos impugnados, fracturas internas y pérdida de credibilidad.
En el caso del CDP, el costo de una valor así sería doble, porque por un banda, viviremos el daño a la institucionalidad interna; mientras, por otro, el gracia a la imagen pública de un asociación que tiene la cometido de defender la democracia, la dispensa de expresión y los derechos fundamentales.
Cuando un organismo electoral actúa fuera de la ley, deja de ser fiador del proceso y se convierte en enjuiciador y parte. Esa metamorfosis, aunque a veces disimulada, termina erosionando la confianza y alimentando la sospecha de que las reglas se mueven al ritmo de intereses particulares de conjunto.
Los actuales miembros de la Comisión Doméstico Electoral Quiterio Cedeño, Nurys Paulino, Raúl Hernández, Elsa Bello y Fidias David García Cuevas tienen delante sí una valor que definirá no solo el curso de estas elecciones, sino el encomienda que dejarán como árbitros.
La prudencia no significa ceder a presiones; significa ceñirse a lo que dicen la Ley 10-91 y el Reglamento Electoral. Significa respetar las resoluciones del Comité Ejecutor Doméstico y avalar que cualquier miembro activo y al día en sus cuotas pueda aspirar sin temor a ser excluido por criterios inventados sobre la marcha.
La democracia no es perfecta, pero es el mejor sistema que tenemos para dirimir diferencias. En el caso del CDP, debe ser la mayoría de los votantes, y no un filtro funcionario extralegal, que por demás, sería totalmente ilegal, la que decida quién dirige el asociación.
Si hay candidatos que generan rechazo, que sean sus miembros los que lo expresen en las urnas. Si hay aspirantes que despiertan debate, que la votación sea la que incline la báscula. Lo contrario sería creer a la pega como organización, y eso es incompatible con la esencia misma del examen tolerante por el que tanto se ha luchado desde el Colegio Dominicano de Periodistas.
La Comisión Doméstico Electoral tiene la oportunidad y la obligación de despachar una señal inequívoca de que el CDP predica con el ejemplo. Esa señal se traduce en un proceso honrado, sin exclusiones arbitrarias, sin reinterpretaciones oportunistas del reglamento y con total respeto a los derechos adquiridos de quienes cumplen la norma.
No se prostitución de defender a una persona, sino de proteger un principio que es el derecho de designar y ser predilecto, consagrado no solo en la legislatura cooperativo, sino en la Constitución de la República Dominicana.
Porque, como advirtió Quevedo, “donde hay poca ecuanimidad es un peligro tener la razón”. Y la ecuanimidad, en este caso, se fogosidad respeto a la ley.






