SANTO DOMINGO.- La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santiago ratificó las condenas de 20, 15, 10 y 7 primaveras de prisión impuestas contra los imputados del Caso Casa Blanca Night Club, quienes integraban una red dedicada a la negociación de personas agravada, lavado de activos y porte ilegal de armas de lucha.
El tribunal confirmó la decisón tras acoger la solicitud del Servicio Conocido. Asimismo, rechazó la petición de cese de la batalla penal presentada por Jolbert José Ramírez Palomo, a la cual se habían adherido los demás procesados.
En su osadía, el parada tribunal todavía exime del cuota de las costas del medio incoado por el Servicio Conocido a través del procurador adjunto Juan Medina de los Santos, en representación peculiar de la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Negociación de Personas; la abogada Ángela Díaz Vargas, como parte querellante actuando en nombre y representación de las víctimas; Pedro Medina, procurador genérico de corte, y José Manuel Calzado, fiscal que representó la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
De igual forma, la corte condenó a los procesados al cuota de las costas generadas por sus posibles de apelación.
Sobre el caso
El expediente acuatorio del Servicio Conocido señala que las operaciones de la estructura criminal estuvieron encabezada por Juan Antonio Fernández Fernández, la cual explotaba sexualmente a las víctimas en el Night Club Casa Blanca, utilizando una red de moteles de su propiedad localizada en Santiago y La Vega. Durante los operativos de el víscera fiscalizador se rescataron unas 45 víctimas del flagelo de negociación de personas.
Por el caso fueron procesadas y condenadas cinco personas que impugnaron la sentencia. Sus posibles de apelación fueron desestimados y confirmada en todas sus partes la Sentencia Penal No. 371-04-2022-SSEN-00099, de data 23 del mes de junio del año 2022, dictada por el Segundo Tribunal Colegiado del Judicatura de Primera Instancia del Distrito Jurídico de Santiago.
La sentencia en primera instancia condena a Juan Antonio Fernández Fernández a 20 primaveras, al cuota de una multa de 175 salarios mínimos y una indemnización de RD$14,000,000 en ayuda de dos de las víctimas.
Todavía, condena a Grismelda en Acarilis Merejo Salas a 15 primaveras de prisión y el cuota de 175 salarios mínimos y María Bizcocho Batista Batista a 10 primaveras y el cuota de 50 salarios mínimos.
Jolbert José Ramírez y Jairo Rafael Correa recibieron condenas de 7 primaveras de prisión, así como el cuota de 75 salarios mínimos.
La estructura criminal se trasladaba a distintas ciudades de Colombia y Venezuela para entender y traer a Santiago a las víctimas que eran llevada a Casa Blanca Night Club, en donde algunas eran amarradas de las patas de las camas, les eran impuestas multas por impresionar tarde y por no estar a tiempo cuando eran requeridas por un cliente o algún constituyente de la estructura criminal.
Las mujeres eran ofertadas a hombres y, encima, utilizadas para publicitar el mismo división donde eran explotadas. En las habitaciones de la red de moteles se incluían catálogos en los cuales se exhibían fotos de las víctimas en ropa interior para que los potenciales clientes las escogieran y solicitaran a través del teléfono, indicando el número de página.
La corte estuvo integrada por los jueces Wilson Francisco Moreta Tremols, Martha del Carmen Martínez López y Anelis del Carmen Torres Mago.





