Coordinador de Comisión para Atrevimiento de Expresión aclara que tesina no contempla prisión por difamación

El coordinador de la Comisión redactora del tesina de ley de Atrevimiento de Expresión (CCLEX)Namphy Rodríguez, aclaró este varios aspectos sobre la propuesta legislativa elaborada por dicha comisión y presentada por el Poder Ejecutante.

Rodríguez explicó que el tesina, que modifica la Ley 6132 de 1962, está enfocado en avalar la protección de la autodeterminación de expresión y de los derechos de los usuarios de plataformas digitales. Como muestra de ello, aseguró que el texto no contempla penas de prisión por los delitos de difamación e injuria.

El coordinador de la CCLEX todavía afirmó que en ningún artículo del tesina se otorga al víscera regulador que será creado la potestad de eliminar contenidos en plataformas digitales, ni de conminar a los medios de comunicación a colaborar con instituciones estatales.

Precisó que cuando el tesina menciona “plataformas de contenidos o digitales”, se refiere a grandes operadores de internet como Facebook, X (ayer Twitter) e Instagram. Estas empresas tendrían, según la propuesta, obligaciones técnicas de transparencia, como informar al Instituto Franquista de Comunicación (Inacom) sobre sus términos de servicio y directrices para la moderación de contenidos, con el fin de predisponer la censura a los usuarios.

Rodríguez añadió que el Inacom no tendría facultades para regular ni sancionar los contenidos emitidos por medios de comunicación ni por personas en redes sociales, con excepción de temas relacionados con la protección de la comienzo y la dignidad humana. Recalcó que las sanciones por delitos contra el honor seguirán siendo competencia monopolio de los jueces.

Asimismo, destacó que el tesina contempla la creación de un víscera regulador con independencia del Poder Ejecutante, cuya designación estaría a cargo del Congreso Franquista.

Frente a algunas interpretaciones públicas, Rodríguez aclaró que el texto no establece un sistema de responsabilidad judicial para las plataformas digitales por los contenidos que publiquen terceros. En cambio, lo que se indica es que estas plataformas no serán responsables por esos contenidos, a menos que desacaten una sentencia emitida por un magistrado competente. Esto se establece en el artículo 24 del tesina.

Recordó todavía que esta reforma fue elaborada por una comisión integrada por personalidades independientes, con una trayectoria reconocida en la defensa de la autodeterminación de expresión y de los derechos fundamentales en el país. El proceso de redacción, socialización y debate se extendió por más de dos primaveras y contó con la billete de sectores nacionales e internacionales, así como con el consenso de entidades como la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), académicos y juristas.

Rodríguez agradeció el interés de la opinión pública en el tema y llamó a los ciudadanos a involucrarse en el proceso para mejorar el tesina. Sostuvo que la propuesta cumple con los estándares de la Relatoría de Atrevimiento de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y las directrices de gobernanza de plataformas digitales establecidas por la UNESCO.

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