Santo Domingo.- Un togado de instrucción de santiago condenó en motivo abreviado, y a penas de 6, 5 y 3 abriles de prisióna ocho personas procesadas a partir de la Operación Colibríla cual enfrentó la red que tramitó miles de documentos falsos, divulgado y privado.
En el motivo fueron condenados a seis abriles de prisión Julio César Almonte Espinal, Luis Manuel Rodríguez, Propicio Merán, William Rodríguez Rodríguez, José Rosario Marte y Thomás Enmanuel Rojas, mientras que Yanuel Morales Rodríguez (Google) fue sentenciado a 5 abriles y José Carlos Montero a 3 abriles de prisión.
Los mencionados aceptaron su culpabilidad en el caso durante el proceso penal abreviado realizado por las fiscales litigantes Esther María González Peguero, representante del Ocupación Divulgado frente a la Asociación Central Electoral (JCE), y Liliana Guillén, en representación de la Fiscalía de Santiago.
Respecto a los imputados Ana Delia Ysidra Tavarez Soto, Samuel Elías Ceballos Ramos, Arsenio Reyes, José Miguel Cruz Hiraldo y Noel de Jesús Padilla Minaya, luego de acoger la solicitud del Ocupación Divulgado, el tribunal ordenó su giro a motivo.
Los imputados admitieron su culpabilidad en la falsificación de documentos públicos, incluyendo actas de salida, cédulas de identidad y títulos universitarios y de propiedad, así como licencias de conducir y permisos para porte de armas, con el objetivo de venderlos a ciudadanos dominicanos y extranjeros.
El togado Job García Hurtado, del Segundo Supremo de la Instrucción de Santiago, admitió el acuerdo, disponiendo la suspensión de la pena de forma parcial, tomando en cuenta el tiempo que duraron en prisión los imputados.
Entre las reglas establecidas durante la suspensión de la pena se encuentra: residir en el postrer domicilio aportado por el destacado y en caso de cambio de residencia deberán notificarlo al togado de Ejecución de la Pena.
Encima, los procesados deberán desentenderse de realizar maniobras, actos o acciones para cometer estafas por cualquier medio que constituya una conducta dolosa, típica y antijurídica en perjuicio de la sociedad, incluyendo los medios electrónicos y formarse una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación o formación que les permitan desarrollar un trabajo digno y coincidente con las buenas costumbres.
La intrepidez señala que en caso de incumplimiento de las reglas deberán cumplir la pena en prisión.
El montón delictivo operaba en el entorno de la Asociación Municipal de Santiago, dedicándose a tramitar los documentos falsos, los cuales pusieron en peligro la seguridad jurídica del país.
La indagación del Ocupación Divulgado arrojó, adicionalmente, que los trabajos captados por los denominados “buscones” o tributarios eran tramitados a quienes los ejecutaban, dependiendo de su particularidad, incluyendo a quienes tramitaron de forma irregular las actas del Registro Civil Dominicano.
Los procesados se encargaban de borrar el contenido de las actas originales preservando el papel de seguridad en que las mismas eran impresas, para luego imprimir la información falsa, generando un documento con todas las características de seguridad del diferente.
Más de 600 páginas del expediente describen el modo en que esta estructura se conformó, aliando a sus filas a personas que jugaban diversos roles para la falsificación de los documentos.
La Fiscalía de Santiago, en diligencias que realizó yuxtapuesto a un equipo de expertos y oficiales encubiertos de la Asociación Central Electoral, aportó más de 800 nociones de pruebas, incluyendo los plásticos que incautó mediante allanamientos judicialmente avalados, que eran utilizados para imprimir los distintos tipos de documentos oficiales.
La investigación del caso estuvo a cargo de la Dirección Genérico de Persecución, la Fiscalía de Santiago, el Ocupación Divulgado adscrito a la Asociación Central Electoral y contó con el apoyo de agentes encubiertos adscritos a la Dirección de Seguridad Civil frente a la Asociación Central Electoral, y como querellantes a la Consultoría Jurídica del entraña electoral y la Dirección Central de Investigaciones Criminales (Dicrim) de la Policía Franquista.
La calificación jurídica otorgada por el Ocupación Divulgado al proceso es por la violación a los artículos 265, 266, 147, 150, del Código Penal Dominicano; artículo 13, de la Ley 8-92 sobre Cédulas de Identidad y Electoral; que tipifican la asociación de malhechores, falsificación de escritura autentica o pública y falsedad en escritura privada.






