Condena de 15 abriles de prisión por red de comercio sexual

Santo Domingo. – El Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Franquista dictó condena de 15 abriles de prisión a los ciudadanos venezolanos Michelle Carolina Gutiérrez Ruiz, Mario José May Mendoza y Jhorman Derek Cortes Solanotras hallarlos culpables de comercio de personas agravada con fines de explotación sexual.

Los jueces dispusieron que los convictos cumplan la pena en los centros de corrección y rehabilitación Najayo Mujeres y Najayo Hombresen la provincia San Cristóbal. Por otra parte, ordenaron el cuota de una indemnización de RD$500 mil para cada una de las víctimas.

El proceso fue instrumentado por la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Alcahuetería de Personas (PETT)que estableció en su expediente que los imputados formaban parte de una red criminal desmantelada mediante la Operación MC Girasolesejecutada en junio de 2024.

Según explicó la fiscal Aleika Almontede la PETT, el tribunal valoró las pruebas presentadas por el Ocupación Conocido, las cuales demostraron la responsabilidad penal de los acusados en los hechos.

Almonte indicó que los medios probatorios aportados se mantienen firmes y que, en caso de un eventual apelación, la Corte podrá demostrar nuevamente las evidencias que sustentan la condena.

De acuerdo con el expediente acusatorio, la investigación se inició luego de que el Ocupación Conocido rescatara a tres mujeres de país colombianaquienes denunciaron que se encontraban encerradas en el lado, donde recibían maltrato físico y emocional y eran obligadas a sostener relaciones sexuales con clientes a cambio de patrimonio.

Durante los allanamientos que permitieron el arresto de los implicados, las autoridades asimismo ocuparon drogas ilegalesencima de preservativos, documentos personalesbalanzas y trituradoras presuntamente utilizadas para procesar sustancias controladas.

La titular de la PETT, Yoanna Bejarán Álvarezreiteró el compromiso de esa mecanismo de continuar fortaleciendo la persecución penal contra las redes dedicadas a la comercio de personas.

Se comercio de un delito que constituye una moribundo violación a los derechos humanos y una amenaza para la seguridad franquista”, expresó.

La sentencia fue dictada por los jueces Keila Pérez Santana (presidenta), Elías Santini Perera y Arisleyda Méndez Batistaquienes fijaron la recitación íntegra del resolución para el 29 de abril a las 2:00 de la tarde.

En sus motivaciones, el tribunal indicó que los testimonios y evidencias coincidieron en aspectos secreto, incluyendo el lado donde se encontraban las víctimas y los objetos ocupados durante los operativos, lo que permitió establecer la configuración de los tipos penales imputados por el Ocupación Conocido.


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