Las reformas judiciales de 1997 fueron anunciadas en República Dominicana como el inicio de una nueva etapa. En aquella oportunidad, se habló de independencia, transparencia y modernización, pero casi tres décadas a posteriori, la efectividad obliga a pensar que aquellos propósitos siguen inconclusos.
Todavía no existe una probidad plenamente confiable, porque es un sistema que aún arrastra prácticas de corrupción, clientelismo y hasta dependencia del poder político.
Se aprueban códigos, se crean organismos, se pronuncian discursos solemnes, pero en los tribunales, la percepción ciudadana es que la probidad no ha acabado del todo desprenderse de viejas prácticas.
La modernización se ha quedado a medio camino, atrapada entre avances institucionales y resistencias culturales que tan pronto como han podido ser vencidas en el no uso de expresiones tan odiosas, pesadas y dictatoriales como la de “yo te mando a trancar y boto la contraseña” o “ese va preso porque sí” o “porque a mí me da la deseo”.
Aquella ola de modernización de la probidad (1997-2009) trajo consigo aspectos que, después, permitieron igualmente la adecuación de una Suprema Corte de Conciencia que hasta ese momento lucía vencida, desvencijada y sin ninguna aprobación social inclinado.
Me tocó estar en el sistema en aquel tiempo, cuando cubría el dominio sumarial en el publicación matinal Listín Diario y aseguro que lo vivido fue una caja de sorpresa tras otra sobre profundas y múltiples debilidades que afectaban la probidad y que, poco a poco, fueron superadas, con la valentía de los jueces, encabezados por su entonces presidente, Jorge Subero Isa.
A partir del 2010, tras la nueva Constitución (26 enero 2010), una nueva reforma introdujo cambios en leyes orgánicas secreto, como el Consejo Doméstico de la Magistratura, el Profesión Notorio, una nueva ley electoral, distribución de diputados y propuestas de ajustes administrativos para desavenir deficiencias estructurales.
Y las reformas no se han detenido. De hecho, una de las aspiraciones del presidente de la República, Luis Rodolfo Abinader Corona, es que lo recuerden como “el presidente reformador”, para lo que ha puesto mucho interés en propiciar importantes cambios estructurales, aunque no siempre ha contado con el anciano de los éxitos.
El problema no está en la carácter de las leyes, sino en la forma de aplicarlas y todavía hoy por hoy una de las más evidentes contradicciones con la modernización de la probidad y su rancio esquema operante está vinculado al Código Procesal Penal (CPP), promulgado el 19 de julio del año 2002, mediante la Ley número 76-02.
El CPP fue la útil admitido más potente para impulsar la modernización de la probidad, enfocándola en el respeto a los derechos, la transparencia y la eficiencia, aunque su implementación siga enfrentando desafíos culturales.
Por ejemplo, ese código, en sus artículos 226 al 237, establece un perico de medidas de coerción que van desde la presentación periódica hasta la prisión preventiva, concebida ésta última como extra.
Este contraste entre lo que la ley dispone y lo que los tribunales ejecutan revela una vez más, que la modernización de la probidad no depende sólo de códigos y resoluciones, sino de un cambio cultural profundo en quienes tienen la responsabilidad de aplicarlos.
Mientras jueces, fiscales y abogados no asuman la probidad como un servicio conocido y no como un privilegio, cualquier reforma será insuficiente hasta que la independencia y la fortaleza del poder sumarial pase de ser un principio en el papel a convertirse en una actos cotidiana que favorezca a todos los ciudadanos, con igualdad de condiciones.
La probidad dominicana, tal como funciona hoy, necesita un cambio cultural profundo, más que reformas legales.
La modernización de la probidad dominicana no puede seguir siendo un tesina inconcluso, en el que no exista un agradecimiento de que las leyes son tan pronto como el inicio de un profundo proceso transformador, porque el real cambio se expresa en la ética, la independencia y la responsabilidad de quienes las aplican.





