Con su sentencia, TC desmonta 70 abriles de discriminación en las FF. AA. y la PN

Por Raúl Germán Bautista.- N Investiga, de Nuria Piera, muestra en este reportaje, cómo durante más de siete décadas, en la República Dominicanapertenecer a la Policía Doméstico o a las Fuerzas Armadas y tener una orientación sexual diversa ha sido motivo de arresto, penalidad disciplinaria o expulsión.

El trabajo de investigación documenta cómo a finales de noviembre, esta ejercicio llegó a su fin por atrevimiento del Tribunal Constitucional, que emitió una sentencia histórica. Sin retención, allá de promover un debate profundo sobre derechos fundamentales, la reacción del país se ha conocido dominada por desinformación, prejuicios y hasta burlas, reduciendo el zona de influencia de la resolución a memes y titulares distorsionados.

Por eso, este reportaje analiza el origen de la sentencia, su contenido vivo y las implicaciones que tendrá para los cuerpos castrenses.

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En 2021, tres jóvenes abogados, Anderson Dirocie, Patricia Santana Nina e Ivanna Molina, identificaron la vigencia de normas que penalizaban la orientación sexual en instituciones militares, premeditadamente del caso de una marcial lesbia privada de autodeterminación exclusivamente por revelar su orientación sexual a una compañera. En presencia de esta situación, el 28 de junio de 2024 presentaron una hecho directa de inconstitucionalidad delante el Tribunal Constitucional.

El abogado Anderson Dirocie, de 29 abriles, egresado de la PUCMM y con maestrías en Derecho Internacional Notorio (Universidad de Leiden) y Derecho (Harvard)por otra parte de cursar un doctorado en Ginebra, explica cómo concluyó aquel caso: “Ella fue encarcelada durante tres meses. No la sorprendieron en ningún acto; simplemente se supo que era lesbia. Cuando buscamos representarla, decidió no continuar, porque eso implicaría documentar oficialmente su orientación sexual, que hasta esta sentencia seguía considerándose un tipo penal en República Dominicana”.

En ese sentido, el Tribunal Constitucionalmediante una atrevimiento dada a conocer el 18 de noviembre, anuló dos artículos históricos que penalizaban las relaciones entre personas del mismo sexo desde 1953 y 1966, respectivamente. Se trataba de normas heredadas de épocas autoritarias.

Los artículos derogados fueron: el 210 de la Ley 285, Código de Honestidad de la Policía Doméstico: definía la “sodomía” como el concúbito entre personas del mismo sexo y establecía penas de seis meses a dos abriles para oficiales, y de dos a seis meses para alistados.

El aartículo 260 de la Ley 3483, Código de Honestidad de las Fuerzas Armadas: imponía penas de seis meses a un año para oficiales y de dos a seis meses para alistados, incluso castigando la tentativa como hecho consumado.

El Tribunal concluyó que estos preceptos violaban derechos fundamentales como la igualdad, la dignidad humana, la intimidad, el dispensado crecimiento de la personalidad y el derecho al trabajo.

DESINFORMACIÓN Y PREJUICIOS: EL ORIGEN DEL ESCÁNDALO

La sentencia desató una ola de reacciones, muchas de ellas basadas en ideas erróneas. Dirocie identifica dos causas principales: Prejuicios arraigados sobre la población LGBTI+, reforzados por representaciones estereotipadas.

“Algunos medios difundieron que el Tribunal autorizaba relaciones sexuales durante el servicio, lo cual es espurio. Incluso titularon que se había ratificado el bodorrio sarasa en las Fuerzas Armadas. Cero de eso aparece en la sentencia”, aclara el jurista.

Los códigos militares no especificaban si la prohibición de la emplazamiento “sodomía” se aplicaba internamente o fuera del servicio. Para Dirocie, esta amplitud constituye en sí misma un problema: “Mientras otras faltas están vinculadas al control de las funciones, esta disposición era extremadamente amplia. La discusión sería distinta si se limitara solo al ámbito profesional, pero ni siquiera contemplaba esa distinción”.

La atrevimiento provocó fuertes críticas de organizaciones religiosas. El Consejo Dominicano de Mecanismo Evangélica (CODUE) afirmó que permitir “una depravación como esta” sentaba “un precedente inequívoco”.

La Iglesia Católica fue más allá aún. En un manifiesto sabio durante la viaje “Un paso por mi comunidad”, se advirtió, sin fundamento, que la sentencia impediría que personas no homosexuales ingresaran a los cuerpos armados y que los ascensos podrían vincularse a favores sexuales.

En el ámbito político, la diputada del PRM y pastora Becerrada Pérez emitió declaraciones abiertamente despectivas: “Hoy más que nunca necesitamos hombres de verdad, no mariquitas”, dijo.

Yildalina Tatem Brache, de Complejidad Dominicana, respondió: “Habría que ver qué entiende ella por ‘hombres de verdad’, probablemente una masculinidad asociada a la violencia”.

¿ACATARÁN LAS INSTITUCIONES? LAS RESPUESTAS AMBIGUAS DE LA POLICÍA Y LAS FUERZAS ARMADAS

El ministro de Defensa, Carlos Antonio Fernández Onofrey el director de la Policía Doméstico, Ramón Antonio Guzmán Peraltaindicaron que respetan la atrevimiento del Tribunal, pero subrayaron que sus instituciones poseen reglamentos internos propios.

Para Dirocie, esta postura es preocupante: “Es contradictorio afirmar que respetan la independencia del Tribunal, pero advertir que seguirán aplicando sus normas previas. Eso erosiona el Estado de derecho. La Constitución es nuestro convenio social; ninguna institución puede colocarse por encima de ella”.

EL PRECEDENTE QUE PUEDE CAMBIAR VIDAS: EL CASO DE CESARÍN VÁSQUEZ

En 2019, el mandón del Ejército Cesarín Vásquez Casanova fue imagen manteniendo relaciones sexuales con un hombre, fuera de servicio, y el video se difundió en redes sociales. Fue expulsado. Su abogado, John Lozano, relata las graves consecuencias: “Su esposa lo echó de la casa. Sus hijas fueron sacadas de la escuela por bullying. Quedó emocionalmente devastado y consiguió trabajo al punto que un año antes”.
La búsqueda de rectitud ha sido lenta: el Tribunal Superior Chupatintas rechazó su caso en 2020; la Suprema Corte, en 2022; y un memorial de revisión constitucional presentado en 2024 aún no ha llegado al Tribunal Constitucional.

Sin retención, con esta nueva sentencia, su suerte podría cambiar: “Este decisión puede beneficiarlo. Estamos reactivando el proceso para que el Estado repare el daño que le causó”, expresó Lozano.

Una pesquisa flamante muestra que la mayoría de los consultados rechaza penalizar a personas homosexuales. No obstante, la opinión cambia cuando se manejo de policías y militares, evidencia de prejuicios profundamente arraigados en la sociedad dominicana.

La sentencia del Tribunal Constitucional marca un ayer y un a posteriori en la historia de los derechos humanos en República Dominicana. No obstante, la reacción pública ha estado muy por debajo del momento histórico. Entre prejuicios, discursos moralistas y una institucionalidad reacia a modernizarse, queda claro que la igualdad jurídica no baste para avalar la igualdad vivo.

El Tribunal ya habló. Ahora corresponde a las instituciones del Estado alinearse con la Constitución. Porque, en última instancia, esto no se manejo de “mariquitas en uniforme”, como algunos reducen, sino de poco más primordial y universal: que ningún dominicano, sea heterosexual u sarasa, vuelva a ser perseguido, encarcelado o expulsado de su trabajo por su orientación sexual o por su vida privada.


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