Las personas que consideren que han sido víctimas de difamación oh lesiones en redes sociales pueden iniciar una energía reglamentario si entienden que una publicación afecta su honor o reputación.
Así lo indica el abogado Francisco Álvarezquien explicó que el Código Penal de la República Dominicana establece que la difamación es la indirecta o imputación pública a una personafísica o jurídica, de un hecho preciso o concreto que afecte su honor, consideración, imagen o dignidad.
Sostuvo que la ley tipifica que este delito se configura cuando se realiza “por cualquier forma pública, audiovisual o escrito, radial o televisivo, streaming, electrónicos o en el ciberespacio”, lo cual zapatilla directamente a las redes sociales.
Diferencia entre difamación mi lesiones
Álvarez señaló que la difamación requiere que se impute un hecho específico o concreto a una persona.
En cambio, la lesiones consiste en cualquier expresión ataqueinvectiva o término de desprecio que no contenga la imputación de un hecho preciso.
Ambas conductas están penalizado cuando se difunden por medios electrónicos o en el ciberespacio.
¿Qué pruebas ¿cosechar?
Antaño de iniciar una energía contenciosola persona afectada debe compilar los nociones de prueba.
Según explicó el abogadoal presentar la imputación la víctima debe detallar los datos o nociones probatorios y la documentación adecuado o indicar el espacio donde se encuentra.
En el entorno digital esto puede incluir:
- Capturas de pantalla de las publicaciones
- Correos electrónicos
- Registros que permitan demostrar que la publicación existió y no fue alterada
La ley permite que las pruebas se registren mediante escritos, imágenes, sonidos u otros medios que garanticen su fidelidad.
Dónde y cómo poner la queja
La difamación y la lesiones están catalogadas como infracciones de energía privadalo que significa que la víctima debe presentar una imputación formal directamente delante la poder penal.
En la experiencia, el proceso suele iniciar con una querella oh imputación privada delante la Fiscalía correspondiente a la demarcación donde ocurrió el hecho, que luego puede ser conocida por los tribunales.
En el caso de Santo Domingo, se puede asistir a la Procuraduría Especializada contra Crímenes y Delitos de Suscripción Tecnología (Pedatec), dependencia del Servicio Notorioubicada en el Palacio de Jurisprudencia del Centro de los Héroes, cuando el caso involucra publicaciones realizadas en internet o redes sociales.
Todavía se puede asistir al Área de Investigación de Crímenes de Suscripción Tecnología (Dicat) de la Policía Doméstico.
El procedimiento generalmente incluye reunir las pruebas digitales de la publicaciónpresentar una querella oh imputación formal con los hechos y evidencias, identificar, en la medida de lo posible, a la persona responsable de la publicación y dar seguimiento al proceso contencioso una vez la energía es admitida.
Sanciones
El abogado explicó que el nuevo Código Penal sanciona la difamación con dos a cinco abriles de prisión pequeño y multas de nueve a quince salarios mínimos del sector notorio, por otra parte de posibles plumas complementario.
En el caso de la lesioneslas plumas pueden ser de quince días a un año de prisión pequeño o multa de uno a dos salarios mínimos, o ambas. Dichos aspectos están contemplados en los artículos 208 al 211 del Código Penal.
Recomendación
Delante ataques o acusaciones falsas en redes socialesÁlvarez recomendó ejecutar con cautela.
“Mi recomendación principal es no reaccionar por impulso y evaluar el proscenio mediático de guisa estratégica”, indicó.







