
Soplan vientos favorables a la aprobación del nuevo Código Penal. Aunque de entrada se celebre esto como un avance, la bondad del proceso de reforma dependerá del resultado. Y este será fructuoso dependiendo de cuán útil resulte el nuevo código.
Dada la senilidad del flagrante Código Penal, es muy probable que implique una alivio sobre la situación flagrante. Pero tanto la magnitud del beneficio como los costos que inevitablemente traerá dependerán de si se aprovecha la oportunidad para verdaderamente modernizar el código o si se cede al populismo penal.
Lo digo porque ya se alzan voces que equiparan la modernización del código con el aumento de las penas, como si una cosa tuviera que ver con la otra. De hecho, concentrarse en esto puede tener como consecuencia que se ignoren factores de maduro importancia. Por ejemplo, la tipificación de las conductas sancionadas.
Y es que el principal desfase de nuestro Código Penal es que, como fue creado para ser perseverante en una sociedad agraria y decimonónica, las conductas que sanciona son las propias de esa verdad, y no de la nuestra. Esto ha llevado a que, para aplicarlo, se haya tenido que acogerse a extender el significado de su texto hasta el término de lo que permiten la Constitución y los principios del derecho penal.
Pero esta es una decisión imperfecta y problemática, porque, de todas las ramas del Derecho, la penal es la que con más intensidad desencadena la aplicación de las garantías constitucionales al correcto proceso.
Lo cual quiere sostener que la aplicación de tipos penales insuficientes siempre es una punto de filigrana que muy fácilmente lleva al fracaso.
Resulta, adicionalmente, que esas garantías, y no la intensidad de las penas, es lo que define al derecho penal novedoso. De ahí que incrementar las penas no es modernizar, muy posiblemente es todo lo contrario. Lo que sí debe hacerse es renovar la norma para que sea posible aplicarla en el contexto flagrante sin que eso implique descontextualizar lo que el parlamentario ha dicho.
Asimismo sería muy conveniente que el Código Penal vuelva a ser eso, un código que recoge todos los tipos penales desperdigados en el ordenamiento judicial dominicano. Aunque es improbable que sea así porque las prisas mandan otra cosa.
Ojalá de todo esto, y del tiempo transcurrido, obtengamos poco que no requiera de arreglos en poco tiempo.