Con una presentación meticulosa, jurídicamente sólida y respaldada por decenas de pruebas documentaleslos abogados de Antonio Espaillat López Y Maribel Espaillat lograron convencer al tribunal de que la prisión preventiva no era procedente en su contra.
La jueza de la Oficina Jurídico de Servicios de Atención Permanente del Distrito Franquista, Veloz fatimarechazó la alboreo de este jueves la solicitud del Profesión Notorioque pedía encerrar a los imputado por el colapso del techo de la set de chorro de discotecahecho que dejó más de 200 fallecidos.
En su superficie, la magistrada impuso una fianza de 50 millones de pesos, presentación periódica frente a las autoridades y prohibición de salida del país, medidas que confirman un principio esencial del derecho penal: la privación de privilegio es una medida magníficoreservada para casos donde haya peligro cierto de fuga u obstrucción de la probidad. Ninguna de esas condiciones fue demostrada.
La defensa, integrada por los juristas Ramón Emilio Núñez Núñez, Miguel Valerio, Jorge Luis Polanco y Carlos Polanco, presentó un conveniente que no solo desmontó la argumento del peligro de fugasino que evidenció una ademán activa de cooperación con la probidad.
Más de 70 evidencias de tradición
Antonio Espaillatquien se encontraba en Estados Unidos por razones laborales al momento del siniestro, regresó voluntariamente al país el mismo día del colapsar. Entregó sus pasaportes —dominicano y estadounidense—, compareció a cada citación, respondió requerimientos y propuso diligencias probatorias.
El documento presentado en audiencia incluía más de 70 evidencias de tradición: desde actas de enlace y certificaciones de residencia fija desde hace más de dos décadas, hasta funciones empresariales formales, vínculos familiares, compromisos sociales y laborales.
Adicionalmente, la defensa aportó registros de acuerdos voluntarios con más de 40 víctimas o familiares de víctimas, legalizados por protonotario, en los que se documenta el apoyo financiero ofrecido por los imputado sin condicionamiento alguno al avance del proceso penal.
Todavía se presentaron pruebas del plazo íntegro de prestaciones laborales y la contratación de apoyo psicológico para los empleados del establecimiento.
Revés para el Profesión Notorio
Los abogados resaltaron que, si admisiblemente el caso ha generado una cachas conmoción pública, se proxenetismo jurídicamente de una delación por homicidio involuntariouna figura penal que no conlleva la imposición cibernética de prisión preventivaespecialmente cuando los imputado han demostrado voluntad de colaborar Y fuertes lazos con el país.
“La medida más severa que puede tomar un mediador —la prisión preventiva— debe reservarse para situaciones donde no haya otra forma bastante de avalar la presencia del imputado en el proceso”, explicó uno de los defensores durante la audiencia.
La jueza acogió esta postura y optó por medidas restrictivas menos gravosas. Con ello, reafirmó que el sistema de probidad penal dominicano, al igual que el de otras democracias constitucionales, parte de la presunción de privilegio mientras se investiga un hechoomitido que se pruebe lo contrario de forma clara y suficiente.
La valor representa un revés para el Profesión Notorioque había solicitado prisiónreclamando peligro de fugasin presentar rudimentos concretos que respaldaran esa hipótesis.





