La financiación privada que partidos y candidatos dominicanos reciben para costear sus campañas electorales es la más opaca de América Latinaafirma estudio “Dictamen del sistema electoral y de partidos de la República Dominicana: propuestas para la reforma de las Leyes 33-18 de Partidos y 20-23 del Régimen Electoral”, presentado por Billete Ciudadana (PC).
La investigación descubre que la legislatura electoral vivo no incorpora régimen de consecuencias para quienes incumplan las disposiciones relativas al reporte de finanzas de campaña.
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Alerta que esta partida de sanciones crean un clima de inmunidad a la rendición de cuentas para los candidatos e incentiva el subreporte de ingresos reales, la entrada de moneda ilícito, la subordinación de la política a los intereses privados, inequidades en la competición electoral y una helicoidal de costos crecientes de campañas, más allá de los topes de desembolso establecidos.
“El secretismo rodeando del origen y de las cuantías individuales de los fondos privados captados por los candidatos para financiar su campaña, garantiza el anonimato para los donantes, arrebatando a la sociedad civil un útil para fiscalizar el cumplimiento normativo y conocer los intereses económicos o políticos detrás de las candidatura”, previene a forma de instructivo para corregir, la pesquisa realizada por el politólogo y sociólogo Gustavo Alejandro Oliva Álvarezcon el patrocinio de la Unión Europea.
Agrega que la descuido de transparencia malogra los fines de promover una osadía de voto informada en la ciudadanía y monitorear los potenciales conflictos de interés o tratos de auxilio con destino a los financiadores de los cargos electos.
El crónica transmitido a conocer esta semana, con la opinión de 1,200 encuestados y la comparación del sistema electoral, la democracia y los partidos políticos dominicanos respecto al de países de Latinoamérica, analiza críticamente las debilidades estructurales del sistema político-electoral y propone reformas sustanciales orientadas a reforzar la democracia.
Destaca que si aceptablemente la legislatura electoral dominicana incorporó en su última puesta al día del 2023 algunos requisitos parciales, estos no son observados ni aplicados en la praxis.
Observa que el artículo 218 de la Ley 20-23, de Régimen Electoral, exige que los partidos reporten a la Reunión Central Electoral (JCE) un presupuesto común al inicio de la campaña, incluyendo entre otros aspectos, una salario de posibles contribuyentes y una estimación de la cuantía de los fondos privados que prevén cobrar en el proceso.
Apunta que este mandato reglamentario alude a los partidos, de forma que implícitamente los candidatos no están sujetos a la obligación de allanar a la JCE un relación de sus posibles donantes al momento de la proclama electoral.
Por otra parte, la obligación de reportar la identidad y las cuantías de los aportes individuales que los candidatos reciben durante la campaña, no se hace explícitamente desplegable como requisito a los informes de gastos e ingresos que la ley manda sean presentados una vez concluida la contienda.
Proporcionalidad y sesgo de mayoría representativa
El dictamen señala que el sistema electoral de la República Dominicana produce representación parlamentaria con un afectado sesgo mayoritario bipartidista que beneficia desproporcionadamente al vencedor de las elecciones y castiga severamente a terceras fuerzas políticas
En colchoneta a datos de la JCE de los resultados de la sufragio a la Cámara de Diputadosen las elecciones del 2024, muestra la relación entre votos y escaños: El Partido Revolucionario Novedoso (PRM) y aliados obtuvo un toral de 2,568,543 votos, para un 60.18 % del voto, 146 escaños, igual a 76.84. La Fuerza del Pueblo (FP) y aliados 779,393 votos, un 17.84 % del sufragio, 29 escaños, para un 15.26 %.
El Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y aliados 75,182 votos, equivalente a un 1.76 %; un diputado, representando el 0.53 %.
El Partido Cívico Renovador (PCR) y aliados 34,774 votos, igual a un 0.8 %, lo que le dio un senador.
“Con un 60 % del voto, el PRM y aliados logran una mayoría en la Cámara de Diputados que supera holgadamente la mayoría cualificada de dos tercios. Esta súper mayoría en ambas cámaras, confiere al partido de gobierno control ilimitado del proceso asamblea, permitiéndole reparar la Constitución, aprobar leyes orgánicas y nombrar miembros de instituciones secreto sin requisito de consenso con otras fuerzas del portería parlamentario”, destaca el crónica de Oliva Álvarez.
Observación
A forma de recomendaciones, el crónica de PC establece que las reglas que rigen la escogencia de diputados nacionales adulteran gravemente el fin para el que es creado un distrito electoral no territorializado: compensar las distorsiones en la representación, producidas por el intención mayoritario en la distribución de escaños adentro de circunscripciones pequeñas, favoreciendo la proporcionalidad y la inclusión de partidos minoritarios con un apoyo significativo.
En este aspecto, los datos de PC concluyen sobre la incipiente desinstitucionalización del sistema de partidos en la República Dominicana, con factores como una política vacía de contenidos programáticos, intercambio clientelar predominando en la vinculación partidos-sociedad y medios perversos en la configuración del financiamiento manifiesto, están detrás de esta creciente desconexión entre la formaciones políticas y la ciudadanía.






