La directora reglamentario de la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (Aba), Junil Fermín, detalló este martes los pasos a seguir para que un accesible pueda protestar en presencia de las distintas entidades bancarias el pasta de una persona fallecida.
“Antaño los familiares de los fallecidos tenían que ir entidad por entidad para poder demostrar donde su accesible tenía alguna cuenta, algún producto, alguna polímero de crédito. Hoy en día solo hay que ir a ProUsuario para solicitar la información”, aseguró.
Señaló adicionalmente que en la página web de dicha entidad están todos los requisitos para poder ver el proceso, solicitar una certificación, y ahí se le va a entregar ese documento que contiene toda la información de los productos bancarios de todas las entidades financieras.
“Hay una serie de requisitos y de documentación que ProUsuario va a solicitar para poder probarse el vínculo entre los familiares del fallecido y el finado”, puntualizó.
“Una vez ya el cliente tiene esta certificación de ProUsuario o la información, se apersona en presencia de la entidad bancaria, y este le entrega los requisitos a los familiares de la documentación que debe de aportar para poder retirar los fondos”, dijo.
Fermín asimismo destacó que generalmente adentro de los requisitos (dependiendo del nivel accesible), son:
- Copia de la documentación de identidad (tanto del finado como de los familiares de los herederos legítimos)
- Reseña de defunción
- Reseña de arranque de los herederos
- Reseña de himeneo (si estuvo casado)
- y a partir de ahí es la responsabilidad del mesa poder evaluar esa situación personal de ese finado.
“Este proceso se hace con cada entidad, ya que los bancos se rigen por sus normativas, sus riesgos, sus políticas, y requieren la documentación llamativo de muchas de ellas”, aseveró.
Indicó que una vez ya los sucesores adquieren esa información y la documentación correspondiente, deben de ir previamente a abaratar los impuestos sucesorales.
“El mesa asimismo va a pedir recibo de ese cuota de ese impuesto, el pliego que entrega la Dirección Genérico de Impuestos Internos y asimismo una carta llamativo que la DGII entrega autorizando el cuota a la entidad financiera”, afirmó.
Recordó que la entidad bancaria no puede entregar los fondos sin previamente haberse cumplido el proceso reglamentario y la baratija de impuestos sucesorales.
¿Qué pasa con una cuenta que la persona muere y la comunidad nunca reclama?
La directora reglamentario dijo que el pasta se queda ahí. Ahora mismo, conforme la ley pasa a ser una cuenta restringida.
“Una vez el mesa se entera por un medio palmario del fallecimiento de su cliente, o se entera por algún accesible que sea persona en la entidad bancaria, pues el mesa procede a cercar la cuenta. Entonces la cuenta pasa a ser restringida”, aclaró.
Esto quiere sostener que a esa cuenta no se le aplica ningún cargo, ninguna comisión y se queda ahí bloqueada esos fondos.
Sin incautación, dio a conocer que el mesa sí puede y debe aplicarle los intereses a esa cuenta. Pero esa cuenta se queda ahí hasta que los herederos decidan reclamarla.

¿Cómo el mesa se entera de que una masa murió?
Fermín reveló que mayormente es por el medio palmario, pero asimismo puede ser por el circular, las parte y si son clientes tienen que proceder a cercar los fondos para que no haya ningún tipo de distracción.
¿Qué información nunca te va a solicitar un mesa?
En presencia de la ola de denuncias de ciberdelincuentes, quienes llaman a personas frágil para sustraerle información personal y robarle sus ahorros.
Fermín reveló que ninguna entidad financiera te va a solicitar ni tu secreto de token, no te va a solicitar tus respuestas a tus preguntas de seguridad, ninguna pregunta que te pueda discernir tus fondos desde tu cuenta bancaria.
“Lo ideal es que en presencia de duda llames a tu oficial de cuentas o llames tú al mesa para que puedas validar la información”, concluyó.
Estas declaraciones fueron ofrecidas en el software “El Día”, que se transmite por Telesistema canal 11.







