SANTO DOMINGO.- El Empleo Divulgado ejecutó la mañana de hoy la sentencia condenatoria contra la exdiputada Rosa Amalia Pilarte López tras dirigir la autorización legal en cumplimiento de la condena irrevocable de 5 abriles de prisión que pesa en su contra por lavado de activos provenientes del narcotráfico.
La Mecanismo de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec) del Empleo Divulgado, que encabeza la fiscal Andry De Los Santos, ejecutó la orden de captura y arresto, emitida por el Tribunal de Ejecución de la Pena del Sección Sumarial de La Vega mediante el coche penal número 212-01-2025-SADM-00700, del 2 de septiembre de 2025.
Luego de que las fiscales Andry De Los Santos y Sourelly Jaquez realizaran un alisamiento con autorización legal en su vivienda de La Vega, Pilarte López se entregó este miércoles delante las autoridades de la Procuraduría Militar de la República.
El Pleno de la Suprema Corte de Honradez ratificó la sentencia impuesta por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Honradez en funciones de tribunal de sensatez de la dominio privilegiada, emitida el 28 de mayo del pasado año, la cual adquirió la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.
La audacia permite asimismo al Estado aprehender riqueza muebles e inmuebles valorados en miles de millones de pesos producto del lavado de activos provenientes del narcotráfico.
En el proceso contra la exlegisladora, el Empleo Divulgado estuvo representado por Fernando Quezada García, Pedro Inocencio Amador Espinosa y Pelagio Alcántara Sánchez, del Sección de Competencia Privilegiada y Procesos Especiales, inmediato con la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, en representación de la Procuradora Militar de la República.
La Suprema Corte de Honradez decidió sobre sentencia de la Segunda Sala Penal de ese víscera que condenó a Pilarte a cumplir 5 abriles de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de Rafey Mujeres, provincia Santiago, tras declararla culpable de lavado de activos provenientes del narcotráfico.
Encima de la condena de 5 abriles de encierro, Pilarte fue condenada al cuota de 200 salarios mínimos por los jueces Fran Soto, María Garabito, Nancy Salcedo, Francisco Jerez y Francisco Ortega Polanco, quienes se inhibieron en la casación por favor conocido el proceso en la etapa aludido.
El tribunal le condena, adicionalmente, al cuota de las costas del proceso, lo mismo que en la casación.
El Empleo Divulgado probó en todo el proceso que Pilarte violó los artículos 3, numerales 1, 2 y 3; artículo 9, numerales 1 y 2, de la Ley 155 de 2017, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo en la República Dominicana, así como asimismo los artículos 3, saber A y B, 18, y artículo 21, literales A y B, de la antigua Ley 72 del 2002, sobre Lavado de Activos provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves.
Rosa Amalia Pilarte formaba parte de la red de lavado de activos del narcotráfico que encabezaba su marido Miguel Arturo (Micky) López Florencio, de la que asimismo formaban parte sus hijos José Miguel López Pilarte y Miguel Arturo López Pilarte, así como asimismo los declarados en rebeldía Pablo Antonio Martínez Javier y Rigoberto Bueno Javier.
Los fiscales sustentaron con pruebas que la procesada contribuyó con la colocación en el sistema financiero franquista de cuatro mil cuatrocientos dieciocho millones trescientos noventa y nueve mil trescientos doce pesos con 92/100 (RD$4,418,399,312.92), a pesar de que durante el período comprendido entre los abriles 2003 y 2021 solo percibió salarios e ingresos por un total de dieciséis millones trescientos setenta y ocho mil quinientos cincuenta y siete pesos con 45 centavos (RD$16,378,557.45), reportados tanto en la Gobierno de la Seguridad Social (TSS) como de la Dirección Militar de Impuestos Internos (DGII).
Entre los riqueza e inmuebles que ocupados por el Empleo Divulgado y decomisados en los tribunales a Pilarte se encuentran los siguientes:
1- Un dominio de 3,081.41 mt2, emplazado adentro del ámbito de la parcela número 157 del distrito catastral número 29, del municipio La Vega, ubicada en la comunidad El Quemao, entrada La Represa, Manga Larga, La Vega, amparada por el certificado de título número 110, expedido por el Registrador de Títulos de La Vega.
2- Inmueble identificado como una porción de dominio, con una extensión superficial 3,081.41 mt2, emplazado adentro del ámbito de la parcela número 157 del distrito catastral número 29, del municipio La Vega, ubicada en la comunidad El Quemao, entrada La Represa, Manga Larga, La Vega, amparada por el certificado de título número 110, expedido por el Registrador de Títulos de La Vega.
3- El inmueble identificado como 313295647592, con una extensión superficial de 728.11 metros cuadrados, amparada mediante matrícula número 0300032450, expedida por el registrador de títulos de La Vega.
4- El inmueble identificado como 313295645621, con una extensión superficial de 811.45 metros cuadrados, amparada mediante matrícula número 4000250918, expedida por el registrador de títulos de La Vega, dicho inmueble se encuentra emplazado en La Vega.
5- El inmueble identificado como 313295642420, con una extensión superficial de 682.50 metros cuadrados, amparada mediante matrícula número 03000163269, expedida por el registrador de títulos de La Vega, dicho inmueble se encuentra emplazado en el municipio de La Vega.
6- El inmueble identificado como 313295645289, con una extensión superficial de 1,492.42 metros cuadrados, amparada mediante matrícula número 0300025416, expedida por el registrador de títulos de La Vega.
7- El inmueble identificado como parcela número 11, del distrito catastral número 25 del municipio La Vega, con una extensión superficial de 28,273.00 metros cuadrados, amparada mediante matrícula Número 0300018330, expedida por el registrador de títulos de La Vega, dicho inmueble se encuentra emplazado en Riachuelo Hondo, Río Verde En lo alto, La Vega.
8- El específico comercial número 26, construido en el segundo adoquinado, adentro de la parcela número 41-C del Distrito Catastral número 05 del municipio de La Vega, con una extensión superficial de 31.55 metros cuadrados, amparado mediante matrícula Número 0300012164.
9- El inmueble identificado como pelotón práctico B-1, identificado como 313295767873: B-1, matrícula Número 0300011626, del condominio Edificio Jossierie Santos 1, emplazado en La Vega, conformado por un sector propio identificado como SP-01-01-002, emplazado en el nivel 01, del monolito 01, destinado a específico, con una superficie de 46.86, metros cuadrados.
10- El inmueble identificado como 312166208949, con una extensión superficial de 1,728.69 metros cuadrados, amparada mediante matrícula Número 0300018479, expedida por el registrador de títulos de La Vega, inmueble, emplazado en el municipio de Jarabacoa.
11- Una porción de dominio con una extensión superficial de 15,251.20 metros cuadrados, adentro de la parcela número 157 del Distrito Catastral número 29 del municipio La Vega, amparada mediante matrícula Número 0300023805.
12- Una porción de dominio con una extensión superficial de 11,314.00 metros cuadrados, adentro de la parcela número 23, del Distrito Catastral número 25 del municipio La Vega, amparada mediante matrícula número 0300012984.
13- El inmueble adentro del solar 1-Refundido, Manz 33, del Distrito Catastral número 01 La Vega, específico comercial número 1-04-B, con una superficie de 19.04 metros cuadrados, amparado mediante matrícula número 0300012136.
14- El inmueble identificado adentro de la parcela número 108, porción G-1, del distrito catastral número 05, del municipio Jarabacoa, provincia La Vega, con una extensión superficial de 628,863.50 metros cuadrados, amparada mediante matrícula Número 0300020203.






