Acusan hombre y empresa por falsas inversiones en criptomonedas

SANTO DOMINGO.- La Dirección Franquista de  Investigación de Delitos Financieros del Empleo Notorio presentó delación formal a entendimiento criminal  contra de un hombre y una empresa que incurrieron en despotismo de confianza mediante falsas inversiones en criptomonedas.

Alexis Andrés Gómez Peña y la entidad QDR Caudal S.R.L. fueron acusados por delante la  Oficina Coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Franquista por el  delito de despotismo de confianza al promover falsas inversiones en criptomonedas, divisas y  acciones a través de los cuales lograron entender entre julio de 2022 y febrero de 2023 el  monto próximo de veinticinco millones de pesos dominicanos (RD$25,000,000) en  perjuicio de cuatro personas y el Estado dominicano.

Como parte de su esquema fraudulento, el dibujado ofrecía a las víctimas rendimientos  mensuales de 10 a 11 %, utilizando contratos engañosos de “Distribución de Cuenta”  para obtener control total de los fondos entregados para el manejo de la importación y liquidación  de criptoactivosdivisas en los distintos mercados de títulos, así como incluso  acuerdos de entrega de títulos, los cuales luego desvió para su beneficio personal.

Los depósitos se canalizaron a través de cuentas personales del dibujado Alexis Andrés  Gómez Peña y de las empresas QDR Caudal S.R.L. y criptopagoutilizadas sin contar con  autorizaciones regulatorias para manejar títulos.

La delación, presentada por la abogada fiscal Elizabeth Tucent Hiraldocontiene  un robusto conjunto de rudimentos probatorios, entre estos pruebas documentales,  testimoniales y periciales, recolectados conforme a los principios de rectitud y adecuado  proceso.

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Dichos rudimentos vinculan de forma individualizada a los acusados con los hechos  investigados, permitiendo establecer la configuración de las conductas típicas que se les  atribuyen de violación al artículo 408 del Código Penal dominicanola Ley 249-17 Ley  del Mercado de Títulos de la República Dominicana, artículos 3, numeral 31, 36, 37, 48,  52, 59, 154 y 173 y la Ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales  de Responsabilidad Limitada, artículos 28, 59, 61, 233 y 234, modificada por la Ley No.  31-11, con relación a la entidad QDR Caudal S.R.L.

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