La Asociación Internacional de Derecho Penal, Orden Dominicano (AIDP-GD), y la Asociación de Abogados de la Provincia Espaillat (AAPE) depositaron delante el Tribunal Constitucional una hecho directa de inconstitucionalidad contra más de cincuenta artículos del nuevo Código Penal dominicano, promulgado mediante la Ley Orgánica 74-25 el pasado 3 de agosto de 2025.
Las organizaciones sostienen que el nuevo cuerpo normativo contiene disposiciones que vulneran derechos y principios fundamentales consagrados en la Constitución dominicana y en tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el país.
El expediente fue interpuesto por los juristas Pedro Virginio Balbuena Batista, Juan de Jesús Santos Santos, EMERY COLOMIRIS EN HOY y Elio José Delgado Valesen representación de ambas entidades, quienes cuentan con certificación activa reconocida por el Tribunal Constitucional.
“Nuestro interés es contribuir a que este Código Penal, que regirá la política criminal del país, no sirva para vulnerar derechos fundamentales, sino que sea una aparejo eficaz para combatir la criminalidad respetando el orden constitucional”, expresó Balbuena, coordinador de la Comisión de Litigios de la AIDP-GD.
Según el documento, los artículos impugnados —entre ellos los números 2.10, 24, 49, 68, 142, 170, 214, 260, 284, 303 y 388— contravienen los artículos 4, 6, 38, 39, 40, 44, 49, 56, 64, 65, 69, 74, 110 y 149 de la Constitución dominicana. Incluso se alegan violaciones a la Convención Saco sobre Derechos Humanos, al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a otros tratados de la ONU con clasificación constitucional según el artículo 74.3.

Los accionantes advierten que el nuevo Código Penal desconoce principios como la legitimidad, proporcionalidad, humanidad y resocialización de la pena, al incluir tipos penales vagos y sanciones desproporcionadas que podrían aclarar espacio a interpretaciones arbitrarias.
Asimismo, señalan que el Congreso introdujo modificaciones que alteraron la coherencia del texto y crearon contradicciones con los estándares constitucionales, en singular los relativos a la dignidad humana, la igualdad y el adecuado proceso.
La hecho sostiene que, aunque la Ley 74-25 representa un esfuerzo por modernizar el sistema penal, incorpora disposiciones que desnaturalizan el derecho penal garantista y debilitan la protección de los derechos fundamentales.
Los juristas subrayan que su objetivo no es frenar la reforma penal, sino asegurar que se ajuste a los parámetros del Estado social y demócrata de derecho, respetando los compromisos internacionales de la República Dominicana.
Entre los puntos más controversiales destacan las normas sobre tentativa de homicidiolas penas aplicables a menores de momentola asesinato de garantías procesales y la tipificación imprecisa de delitos relacionados con la casto pública o la información digital.
Las asociaciones esperan que el Tribunal Constitucional conozca la hecho, convoque audiencia pública y, tras el prospección correspondiente, declare la inepto de los artículos impugnados por contravenir la Constitución y el agrupación de convencionalidad.
De ser admitido el expediente, podría convertirse en uno de los debates constitucionales más importantes de los últimos primaveras, al someter a revisión la reforma penal más amplia emprendida en más de un siglo en la República Dominicana.






