El nuevo Código Penalpromulgado mediante la Ley 74-25 el pasado 3 de agosto por el presidente Luis Abinaderfue valorado este miércoles por los abogados Olivo Rodríguez Huertas, Miguel Valerio y Patricia Santana.
A diferencia del cuerpo procesal válido desde 1884Olivo Rodríguez Huertas resaltó que el nuevo Código Penal contiene un conjunto de sancionesa pesar de que considera que las penas pudieron ser más fuertes.

“Si poco importante tiene el Código Penal es que ha venido a acorazar el sistema de consecuencias y el desconocimiento por parte de las autoridades públicas de los mandatos contenidos en las decisiones del Tribunal Constitucional se constituye un ilícito penal. Se mejoramiento extraordinariamente todo el tema, no solamente en materia de desacato, que es un concepto más amplio, sino que asimismo cualquier obstaculización que tengan la efectividad o ejecutividad de las mismas pues dará puesto a la posibilidad de la aplicación de sanciones penales sobre los funcionarios”, señaló durante el Piscolabis Semanal del Género de Comunicaciones Corripio.
Premeditadamente de las consecuencias, el profesor en Derecho Oficinista hizo un llamado a los funcionarios a estudiar a profundidad el artículo 286 del Código Penal Dominicanoel cual se refiere a la obstaculización en la ejecución de una sentencia o atrevimiento legal.
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“Yo exhorto a los funcionarios públicos, desde el Presidente de la República hasta el funcionario del nivel más ínfimo en la estructura jerarquizada de la Filiala que se lean proporcionadamente todo ese capítulo relativo a los delitos contra la sucursal pública, yo le exhorto a que se lo lean proporcionadamente porque las consecuencias son enormes”, subrayó el exembajador de la República Dominicana delante el Reino de España y el Principado de Andorra (2017-2020).
Asimismo, el abogado penalista Miguel Valerio ve como un avance y “un contienda cumplido” la proclamación de la ley que entrará en vigor el próximo año, ya que entiende que corresponde a las micción de la sociedad flagrante.
“Evidentemente el Código Penal es el plan de política criminal del Estado, ya que define qué va a perseguir, qué está prohibido y qué aprobación jurídica se aplica a la ciudadanía”, señaló.
Sin requisa, para la abogada constitucionalista Patricia Santana la nueva fuero penal no es modernaa pesar de cachear la importancia de su promulgación.

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Entre las razones mencionó la criminalización del monstruo provocado a las mujeres, permitiendo la interrupción forzosa del preñez de parte del personal de vitalidad; la excepción de responsabilidad penal a partidos políticos y a iglesias; la inclusión de un tipo penal de violación en el interior del enlace porque “la violación es violación en cualquier espacio y en cualquier momento, independientemente de que haya enlace o no”.
La abogada litigante sostuvo que “hay una parte del código que era necesaria y otra parte del código que se queda en el siglo XIX que tenía que ser objeto de revisión”.







