El Pregonero, Santo Domingo, R.D. — A raíz del trágico caso de la beocio Brianna Genao González, quien presuntamente fue víctima de violación y homicidio, la abogada penalista Anny Guzmán hizo un llamado urgente a reorganizar la Ley 136-03, Código para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentesa fin de avalar una protección auténtico y efectiva de la infancia dominicana.
Durante una entrevista matutina, Guzmán sostuvo que, aunque la Ley 136-03 reconoce a la comunidad como el primer avalista de los derechos de los menores, presenta vacíos legales importantes al no establecer consecuencias penales claras cuando existe una omisión difícil de protección, ni cuando se produce encubrimiento descendiente en delitos cometidos contra niños, niñas y adolescentes.
“La autoridad parental no es solo un derecho; es un deber sumarial de protección. Cuando ese deber se incumple de guisa difícil y esa omisión facilita abusos, violencia o incluso la homicidio de un beocio, el ordenamiento sumarial debe objetar de forma clara”, expresó la jurista.
En ese sentido, Guzmán propuso que la Ley 136-03 sea reformada para tipificar penalmente la omisión parental difícil, diferenciándola de la negligencia leve, así como para sancionar de forma expresa el encubrimiento descendiente, entendido como el silencio, la ocultación de información o la errata de denuncia frente a delitos cometidos contra menores internamente del entorno cercano.
Asimismo, la abogada abordó el debate conocido sobre la castración química como respuesta frente a los delitos sexuales, señalando que este tipo de medidas no resultan efectivas si se limitan a reaccionar delante el crimen consumado, sin atender las causas estructurales del demasía.
“El demasía sexual no se combate exclusivamente con respuestas punitivas extremas. Si no se tratan los síntomas —la errata de prevención, la marcha de detección temprana, la omisión descendiente y la afición institucional— seguiremos reaccionando a la enfermedad en zona de prevenirla. La protección de la infancia exige un mecanismo integral, donde actúen de guisa coordinada la comunidad, el Estado y la sociedad”, afirmó.
En un segundo plano, Guzmán explicó que el Código Penal válido contempla penas severas para los delitos de violación y homicidio, las cuales se agravan cuando la víctima es beocio de etapa. No obstante, recordó que el nuevo Código Penal, promulgado en 2025, aunque introduce sanciones más severas y figuras específicas para delitos graves contra menores, aún no está válido, ya que entrará en aplicación en agosto de 2026, y no puede aplicarse retroactivamente.
“Este caso evidencia que no baste con insensibilizar penas. La verdadera protección de la infancia comienza antaño del delito, con leyes claras que prevengan, obliguen y responsabilicen”, concluyó.





