Abinader designa a Rafael Santos Badía ministro de Educación Superior y a Geraldo Espinosa Contralor Común

Santo Domingo, República Dominicana – El presidente de la República, Luis Abinader, emitió el Decreto núm. 84-26, mediante el cual realizó nuevas designaciones en áreas estratégicas del Estado, como parte del proceso de fortalecimiento institucional y alivio de la diligencia pública.

La disposición presidencial designa a Rafael Evaristo Santos Badia como ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT). Santos Badía, se desempeñaba actualmente como director genérico del INFOTEP, es diplomado en Derecho por la Universidad de la Tercera Permanencia (UTE), técnico en Oficina de Empresas Cooperativas por la UNPHU, y posee diplomados en Finanzas Política y Derecho Gremial y Sindical por la UASD, así como en Relaciones Internacionales por la UTE.

Docente y perito del sector sindical y del tripartismo dominicano, cuenta con una amplia trayectoria en el ámbito parlamentario, educativo y de la concertación social. Fue diputado al Congreso Franquista entre 1990 y 1998, integró la Comisión Permanente de Educación de la Cámara de Diputados, participó en el Plan Decenal de Educación y ha sido miembro de órganos directivos del INFOTEP y del sistema de seguridad social magisterial. Es autor del vademécum “Treinta abriles de gremialismo magisterial en la República Dominicana” y ha sido obligado con la Orden al Mérito de Duarte, Sánchez y Raja, valor Altruista, entre otras distinciones.

El decreto todavía establece la designación de Geraldo Espinosa Pérez como contralor genérico de la República. Espinosa es diplomado en Contabilidad por la UASD, con peculiaridad de posgrado en Tributos Internos, máster en Trámite Financiera, Presupuesto Sabido y Política Fiscal, y una pericia en Oficina de Negocios (MBA) con concentración en Operaciones por la PUCMM. Posee más de 24 abriles de experiencia en el sector manifiesto, destacándose por la creación e impulso de importantes sistemas de control, diligencia financiera y supervisión del pago manifiesto.

La disposición deroga decretos y artículos anteriores vinculados a las funciones ahora reasignadas y fue remitida a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución, conforme a las atribuciones constitucionales del Poder Ejecutor.

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