El presidente Luis Abinaderreconoció ayer martes que la indexación salarial que manda el Código Tributario es una medida “competición y necesaria”, pero advirtió que su aplicación implicaría una disminución de los ingresos del Gobierno, lo cual obligaría a someter fondos destinados a áreas sensibles por su impacto social.
“Si lo hacemos, hay que aseverar a quién le quitamos los bienes: ¿a lozaníaa educación?”, se cuestionó Abinader, al destacar que el tema se encuentra bajo estudio y que se buscará una opción que no comprometa el consistencia presupuestario.
El mandatario explicó que el Gobierno analiza cómo aplicar la indexación de la forma más equilibrada posible, consciente del impacto fiscal que representaría. Indicó que el tema se encuentra bajo estudio y se buscará una opción que no comprometa el consistencia presupuestario.
El presidente admitió que la indexación salarialque consiste en ajustar los tramos del impuesto sobre la renta según la inflación anual, no se aplica desde el 2017, a pesar de que el Código Tributario ordena su puesta al día cibernética cada año.
Añadió que la medida había sido contemplada en el interior de la propuesta de la fallida reforma fiscal que el Gobierno propuso el año pasado, pero que fue rechazada por sectores que ahora reclaman la indexación.
No se discutirá en el Presupuesto del 2026
En el Congreso Franquista, el vicepresidente de la comisión bicameral que estudia el Presupuesto Normal del Estado para 2026, el senador Pedro Tineoprecisó que la estancia remitida por el Poder Ejecutor no contempla la indexación salarialya que el tema se estudia de forma separada en un esquema de ley que se encuentra en la comisión de Hacienda del Senado.
Tineo indicó que, luego, el debate sobre la puesta al día de los salarios no forma parte del prospección presupuestario contemporáneo.
Se estudia esquema
Ese esquemaautoría del senador enemigo Félix Bautista y depositado en marzo de 2025, propone modificar el artículo 296 del Código Tributario para modernizar los tramos del impuesto sobre la renta de las personas físicas. De aprobarse, los niveles de ingresos eximir y las tasas progresivas cambiarían.
En la reglamento vivo, los asalariado pagan sobre su renta neta gravable las siguientes tasas anuales:
- Hasta 399,923.00 pesos anuales: eximir.
- De 399,923.01 a 599,884.00 pesos: 15 %.
- De 599,884.01 a 833,171.00 pesos: 20 %.
- De 833,171.01 pesos en delante: 25 %.
El esquema en discusión propone elevar esos tramos para reflectar el impresión acumulado de la inflación desde 2017. La nueva escalera quedaría así:
- Hasta 558,232.00 pesos anuales: eximir.
- De 558,232.01 a 837,347.00 pesos: 15 %.
- De 837,347.01 a 1,162,982.00: 20 %.
- De 1,162,982.01 de pesos en delante: 25 %.
El Código Tributario contemporáneo, en su párrafo I del artículo 296, dispone que la escalera debe ajustarse cada año conforme a la inflación publicada por el Porción Centralpero esa disposición no se cumple desde hace ocho abriles.
La errata de indexación provocó que la concursoespecialmente el senador de la Fuerza del Pueblo, Omar Fernándezreclamara su aplicación por los altos costos de la canasta básica emparentado.







