Uso de suelo sigue en manos de los ayuntamientos hasta que se emita reglamento de ley 368-22

Santo Domingo, RD. Asesor Procesal del Poder Ejecutor informó mediante comunicación oficial que hasta tanto no sea emitido el reglamento de aplicación correspondiente, no podrá ejecutarse plenamente lo dispuesto en la Ley 368-22 de Ordenamiento Territorial, particularmente en lo relativo a las competencias de los distritos municipales sobre el uso de suelo.

La ilustración fue dirigida al ministro de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (Mived), Carlos Bonilla Sánchez, en respuesta a una consulta sobre cuál gobierno particular —concejo o unión distrital— tiene la permiso para otorgar permisos o emitir no objeciones para proyectos de construcción.

En su misiva, la Consultoría Jurídica recordó que conforme al artículo 199 de la Constitución, así como a la Ley 176-07 sobre el Distrito Franquista y los Municipios, la competencia en materia de uso de suelo recae sobre los ayuntamientos.

Esta disposición ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional en múltiples sentencias.Sin secuestro, el artículo 24 de la Ley 368-22 contempla una excepción que permitiría a las juntas de distrito municipal con al menos 15 mil habitantes y capacidad económica y tributaria dirigir estas autorizaciones adentro de su zona.

No obstante, la aplicación de este artículo está condicionada a la radiodifusión de un reglamento que detalle, entre otros aspectos, cuáles distritos cumplen con dichos requisitos. “Entre estos aspectos cuya aplicación está sujeta a la radiodifusión del reglamento de aplicación de la ley, se encuentra la identificación de los distritos municipales que cumplen con los estándares requeridos (…) y que podrán, a partir de la publicación del reglamento, emitir válidamente las autorizaciones de uso de suelo”, señala el documento oficial fechado el 7 de julio de 2025.

La comunicación enfatiza que este reglamento será emitido por el Poder Ejecutor en los próximos días, y hasta entonces, la competencia en materia de uso de suelo sigue siendo monopolio de los ayuntamientos.

Esta ilustración tiene implicaciones directas en conflictos actuales entre gobiernos locales, especialmente en zonas donde juntas distritales han intentado admitir competencias sin el conveniente respaldo constitucional y normativo.

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