El presidente Luis Abinader promulgó la Ley 37-25que modifica el artículo 4 de la Ley 4532 del 31 de agosto de 1956. Esta puesta al día permite la décimo de empresas extranjeras en actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en condado franquista y espacios marítimos bajo comarca dominicana.
La norma establece que tanto personas jurídicas nacionales como extranjeras, de naturaleza pública, privada o mixta, podrán participar en el sector, siempre bajo las disposiciones regulatorias del Estado dominicano. Asimismo se indica que las compañías extranjeras deberán incluir un leve de 15 % de décimo dominicana en su estructura accionaria.
Disposición del Profesión de Energía y Minas
El Profesión de Energía y Minas informó que la Ley 37-25 define un entorno admitido que búsqueda favorecer la entrada de haber en actividades relacionadas con el petróleo, gas natural y otros derivados.
El ministro Joel Santos señaló que esta disposición admitido permite organizar una ronda de puja en 2026para asignar bloques de exploración en zonas del país donde se han realizado estudios geológicos preliminares.
Próximos pasos
El funcionario explicó que se están desarrollando procedimientos técnicos y normativos para sobrellevar a punta esta ronda. Asimismo, mencionó que esta ley está en concordancia con los lineamientos de la Organización Franquista de Avance 2030relacionados con el sector energético.
La Ley 37-25 fue aprobada por el Congreso Franquista tras un proceso de consulta y deliberación, y entrará en vigor una vez sea publicada en la Diario Oficial.
Por: Yari Araujo







