Indotel: hay diferencias entre nueva resolución y medida anteriores

El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indótelo) respondió este lunes a la publicación de la columna El Infiltrado del 30 de junio de 2025, en la que se cuestionaba la novedad del anuncio realizado un día antiguamente por el regulador sobre nuevas medidas para combatir el uso irregular de líneas móviles no identificadas.

“Tenemos a acertadamente dirigirnos a usted en relación a la publicación realizada por El Infiltrado el 30 de junio de 2025, donde se mencionan algunas ´imprecisiones´ sobre la rueda de prensa ofrecida por este Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indótelo) el pasado 29 de junio, con el objetivo de anunciar las medidas y acciones adoptadas por este regulador (…) para combatir el uso irregular de líneas telefónicas, proteger a los usuarios y apoyar a los organismos de seguridad en investigaciones de delitos”, indicó la institución.

La disposición susodicho del Indótelo le daba un plazo de seis meses a las prestadoras para acatar la resolución similar.

Indótelo defiende su nueva resolución y aclara diferencias con medidas anteriores

En su comunicado, el Indótelo recordó que “en 2013 el Consejo Directivo del Indótelo adoptó la resolución núm. 039-13con carácter provisional y inapelable, ordenando a las prestadoras cumplir con el mecanismo de inscripción y acometividad de la identidad de todos los usuarios de los servicios públicos de telefonía”.

Sin incautación, precisó que, pese a que “la obligación de ´acometividad de identidad´ está establecida en nuestra regulación desde 2007 y se realizaron esfuerzos significativos en 2014, que resultaron en la revocación de aproximadamente de 1.5 millones de líneas sin una identidad válida asociada, en los últimos abriles hemos constatado que sigue operando la activación de líneas móviles sin la apropiada acometividad del solicitante”.

El Indótelo advierte que esta situación “afecta negativamente la calidad de la informaciónespecialmente para los organismos de investigación e inteligencia del Estadoquienes, al investigar hechos asociados a un teléfono móvil, obtienen información que les resulta inútil, correcto a que las líneas telefónicas no están asociadas a la información serio sobre sus usuarios“.

La institución además aseguró que “hemos comprobado casos en los cuales las prestadoras de servicios de telefonía y sus representantes y distribuidores autorizados (dealers) activan líneas telefónicas sin compulsar los datos generales del solicitante y en algunos casos sin el previo consentimiento o conocimiento del solicitante”.

Fiscalización, sanciones y depuración de líneas activas

Por esa razón, el Indótelo emitió la resolución número 064-2025“A eliminar la recurrencia de la no observación o infracción a las normas regulatorias señaladas y que han sido previamente detectadas por el regulador”.

“La diferencia entre la resolución del Consejo Directivo núm. 039-13 y la resolución del Consejo Directivo número 064-2025 radica en que las prestadoras de servicios públicos de telefonía que ofertan el servicio prepago tendrán un plazo para depurar y validar la identidad de los usuarios con líneas activas por los medios que se indican, suspendiendo o cancelando la término conforme corresponda”, explicó el organismo.

Encima, advirtió que “una vez finalizado este proceso, el Indótelo hará uso de la potestad de fiscalización que la Ley núm. 153-98 le reconoce para comprobar el cumplimiento del situación regulatorio y normativo, estableciendo los mecanismos necesarios para respaldar que las líneas activas correspondan a la identificación del sucesor titular; adoptando en caso de ser necesario las medidas precautorias y correctivas conforme lo establece la ley interiormente del contexto de su régimen sancionador”.

Circular líder de República Dominicana centrado en las parte generales y el periodismo reformador.

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