Procuradora Militar de la República exhorta al Congreso Franquista a aprobar el nuevo Código Penal

El Pregonero, Santo Domingo.-La Procuradora Militar de la República exhortó al Congreso Franquista a aprobar el nuevo Código Penal para cumplir con el compromiso ciudadano de poner al día esa reglamento a los nuevos tiempos y, así, evitar que delitos que requieren de sanciones más razonables tengan que ser sancionados con penas que resultan irrisorias.

“Tenemos un situación legal desactualizado con penas irrazonables que, en muchos casos, no son ni mínimamente proporcionales al daño causado”, dijo Yeni Berenice Reynoso al referirse al tema.

La procuradora reconoció que varios legisladores de diferentes organizaciones políticas, incluyendo al presidente del Senado, Ricardo de los Santos, y el de la Cámara de Diputados, Alfredo Pachecho, le han manifestado directamente su compromiso con satisfacer la aprieto que tiene la sociedad dominicana de que se apruebe un nuevo Código Penal.

Planteó que los crímenes han cambiado conforme ha evolucionado la sociedad. “El atlas de la criminalidad es cada día más diverso, pero en República Dominicana seguimos teniendo como principal ley sustantiva un Código Penal que fue consentido en 1884 y que, aunque se realizaron algunas modificaciones a lo derrochador de los primaveras, resulta desactualizado para topar los delitos con una calificación adecuada”.

“Múltiples conductas que son efectivamente delitos de dolo eventual, deben ser tipificados por el Tarea Divulgado como delitos culposos por desidia de un Código Penal actualizado y esto impide que las víctimas, y en sentido común la sociedad, puedan tener una decano protección del sistema de ecuanimidad, sobre todo en los casos en que se requiere de una consentimiento proporcional al hecho cometido y que implicaría una condena decano”, dijo.

Citó como ejemplo que el Código Penal contemporáneo equivocación al no contemplar el concurso ideal de delitos, lo que lleva a que la consentimiento para la persona que, con una acto causa varios delitos, solo sea sancionada con la pena del delito decano, sin tener la posibilidad de agravarla.

Lamentó que el Código Penal con el que los fiscales tienen que encasillar los delitos ordinarios fuera sancionado por la Ley 2274, del 20 de agosto del año 1884.

Planteó que la carta pudo desempeñar un rol importante, pero a posteriori de 141 primaveras de vigencia, con la progreso histórica del país y los cambios sociales en un entorno globalizado y tecnológico, resulta irrazonable surtir la obsolescencia legislativa del Código Penal Dominicano.











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