
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- La nueva Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil 4-23 ordena a las instituciones, excepto a la Asociación Central Electoral (JCE), que recauden datos biométricos o que tengan bases de datos, eliminar esos registros en un plazo de 60 días contados a partir de la entrada en vigor de la carta.
Esta ley fue recientemente promulgada por el presidente Luis Abinader.
La identificación mediante los datos biométricos consiste en determinar la identidad de una persona al capturar un factor biométrico, por ejemplo, tomando una foto del rostro, grabando la voz, o capturando una imagen de la huella digital.
La disposición de carácter transitorio está contenida en el artículo 216, de la ley 4-23, la cual deroga la obsoleta ley 659, del 17 de julio del año 1944.
Estos datos, son propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento o rasgos de la persona, atribuibles a un solo ciudadano, y son medibles.
Lo que dispone la ley
La nueva norma constitucional encarga única y exclusivamente a la Asociación Central Electoral de la responsabilidad de captura, sumario y tratamiento de los datos biométricos y de ofrecer el servicio de consultas, para fines de comprobación de identidad, que deberá realizarse respetando el derecho a la intimidad.
Asimismo dispone que la Asociación proveerá a instituciones de la agencia pública o entidades privadas que lo requieran, el servicio de autenticación y certificación de la identidad y se aclara en el párrafo del artículo 56, que ese servicio no implica la transferencia parcial o total de los datos o fichas.
En el artículo 57 señala que solo podrán ser cedidos con el consentimiento del titular y para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario.
Todo esto forma parte de un proceso de automatización en el que se le otorga a la Asociación Central Electoral un plazo de 24 meses para digitalizar los libros de registros en el Sistema de Registro Civil Automatizado.
En ese orden, además se le concederá un plazo de 12 meses para que la Asociación, en conjunto con el Servicio de Relaciones Exteriores, implemente una plataforma informática para el registro de los actos del Estado Civil y digitalización de las actas instrumentadas por los funcionarios diplomáticos, y un plazo de seis meses a los ciudadanos con duplicidad de registro de principio, para que soliciten de forma voluntaria la inútil de uno de los documentos en presencia de la Asociación Central Electoral.
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