Proponen eliminar el «nunca nones» de la Constitución RD | AlMomento.net

Proponen eliminar el «nunca nones» de la Constitución RD | AlMomento.net

Leonel Fernández, Luis Abinader, Danilo Medina e Hipólito Mejía

SANTO DOMINGO.- El dirigente del Partido de la Escape Dominicana (PLD) Adriano Sánchez Roa propuso  modificar de nuevo el artículo 124 de la Constitución a fin de que Leonel Fernández, Hipólito Mejía, Danilo Medina y Luis Abinader puedan optar de nuevo «en igualdad de condiciones»  por la candidatura a la Presidencia de la República.

En un documento notorio remitido a ALMOMENTO.NET, el exsenador planteó adicionalmente eliminar la novena disposición transitoria de la Carta Magna, por considerar que ya cumplió el propósito para el cual fue establecida y en la hogaño «resulta obsoleta».

«Al cumplirse 16 abriles de la reforma constitucional promulgada el 26 de enero de 2010, es oportuno revisar diversos aspectos de la Constitución con el objetivo de reforzar la institucionalidad democrática y respaldar el principio de igualdad consagrado en el artículo 39», manifestó.

LA ACTUAL PROHIBICIÓN

Actualmente, en virtud del artículo 124, está prohibida la reelección presidencial por más de dos períodos en la República Dominicana.  Este posterior dice textualmente:

«Artículo 124.- Disyuntiva presidencial. El Poder Ejecutor lo ejerce el Presidente o la Presidenta de la República, quien será estimado o elegida cada cuatro abriles por voto directo. El Presidente o la Presidenta de la República podrá optar por un segundo período constitucional consecutivo y no podrá postularse nones al mismo cargo ni a la Vicepresidencia de la República».

PROPONE REVISAR ELECCION DE LEGISLADORES

Adriano Sánchez Roa.

Sánchez Roa, un antiguo dirigente del Partido Reformista Social Cristiano que pasó luego a ser dirigente del contrario PLD, propone todavía revisar el sistema de comicios de diputados y eliminar el denominado «método D’Hondt» para establecer distritos electorales que refuercen una representación territorial más directa.

Asimismo, plantea que los partidos sean dueños absolutos de los cargos electivos en los niveles congresual y municipal para que las posiciones correspondan a las organizaciones políticas y no a las personas electas.

ELIMINAR LIMITE DE EDAD EN LA JUDICATURA

Sánchez Roa todavía sugiere eliminar el techo de etapa en la judicatura a fin de equiparar este ámbito con otras áreas de la sociedad y seguir aprovechando la experiencia y capacidad de jueces y fiscales.

Cita como ejemplos a los juristas Jorge Subero Isa, Milton Ray Guevara y el fenecido Rafael Luciano Pichardo.

FUNCIONES DEL TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORAL

En otro orden, recomienda que sean precisadas las funciones del Tribunal Superior Electoral, originalmente concebido como víscera contencioso electoral, pero cuyas competencias -a su juicio- «se han extendido a otras áreas», señaló.

Igualmente aboga por redefinir el rol del Defensor del Pueblo, con el propósito de reforzar su utilidad y desempeño institucional.

CONSTITUCIÓN DEL 2024

Posteriormente de susesivas modificaciones a la Carta Magna esta última fue reformada finalmente en octubre de 2024 al inicio del segundo período de gobierno del presidente Luis Abinader (actualmente en vigencia). Esta reforma incluyó varios cambios importantes:

1. Reelección presidencial sin posibilidad de retornar posteriormente

Se estableció que el presidente solo puede:

  • Timonear dos períodos consecutivos (4 abriles cada uno).
  • Nunca retornar a aspirar a la presidencia posteriormente de esos dos períodos.

Esto averiguación evitar reformas futuras para habilitar más reelecciones.

2. Reducción de diputados

  • Tener lugar de 190 diputados a 170.

El objetivo fue acortar gastos y hacer más competente el Congreso.

3. Unión de elecciones
Se estableció un cambio para equiparar las elecciones presidenciales, congresuales y municipales, evitando procesos electorales separados.

4. Cambios en el Consejo Franquista de la Magistratura
Se modificó la composición del Consejo Nfranquista del poder contenciosoorganismo encargado de nominar jueces de altas cortes como el Tribunal Constitucional de la República Dominicana y la Suprema Corte de Honradez de la República Dominicana.

5. Protección del Servicio Notorio
Se incluyeron disposiciones para reforzar la independencia del Servicio Notorioque dirige la Procuraduría Normal de la República Dominicana.an/am/sp

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