CNSS amplía cobertura de medicamentos de detención costo para enfermedades no oncológicas

Torre de la Seguridad Social | Foto: CNSS

El Consejo Doméstico de Seguridad Social (CNSS), mediante la Resolución No. 631-04, del 26 de febrero de 2026, dispuso la ampliación de la cobertura de medicamentos de detención costo del Seguro Hogareño de Lozanía (SFS) del Régimen Subsidiado, en lo relativo a patologías no oncológicas.

La medida incorpora tratamientos para enfermedades como lupus, artritis reumatoide, enfermedad renal, trastornos del crecimiento, hemofilia, inmunodeficiencias, enfermedad de Kawasaki, púrpura trombocitopénica y gammaglobulinemias, condiciones que requieren terapias continuas y de elevado costo.

La director militar del CNSS, Aura Celeste Fernández Rodríguez, explicó que la resolución investigación respaldar anciano claridad en la cobertura. “Con esta disposición se detallan de modo expresa los medicamentos y las patologías distintas al cáncer, evitando errores o interpretaciones ambiguas en los procesos de autorización y aprobación de los servicios”, indicó.

Asimismo, informó que el CNSS modificó el artículo tercero de la Resolución 610-04, que contemplaba la cobertura de medicamentos de detención costo vinculados al cáncer, unificando los tratamientos neoadyuvantes, adyuvantes y paliativos bajo un mismo esquema.

La nueva resolución establece un tope de RD$1,000,000.00 para la cobertura de medicamentos de detención costo destinados a enfermedades distintas al cáncer.

Fernández Rodríguez destacó que con esta valentía se fortalece la protección financiera de los afiliados del Régimen Subsidiado que padecen enfermedades complejas, reduciendo barreras de paso y asegurando tratamientos continuos con anciano transparencia.

La legislatura dispone que la encargo, autorización y suscripción de estos medicamentos se realice preferiblemente a través de la Dirección de Comunicación a Medicamentos de Suspensión Costo (Damac), del Profesión de Lozanía Pública y Colaboración Social (Mispas), a fin de explotar los mecanismos de transacción conjunta. En caso de no estar disponibles en la Damac, deberán adquirirse en el mercado particular.

La resolución fue aprobada por el pleno del CNSS, luego de que la Comisión Permanente de Lozanía solicitara a la Superintendencia de Lozanía y Riesgos Laborales (Sisalril) remitir la propuesta de adecuación técnica correspondiente.


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